Constitución Templo Budista YKL Chile - 11 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862201833

Constitución Templo Budista YKL Chile

Número de registroCVE-1907686
Fecha de publicación11 Marzo 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta42.902
CVE 1907686 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.902 | Jueves 11 de Marzo de 2021 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 1907686
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
TEMPLO BUDISTA YKL CHILE
(Extracto)
Juan Miguel Cortés Michea, Notario Público de San Felipe, Suplente del Titular don Alex
Pérez de Tudela Vega, con oficio en calle Arturo Prat Nº 106, San Felipe, Certifica: Con fecha 1
de septiembre de 2017, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la entidad
religiosa de derecho público denominada "Templo Budista YKL Chile", con domicilio en Av.
José Domingo Cañas 1055, departamento 602-A, Ñuñoa, Santiago, inscrita en el Registro
Público del Ministerio de Justicia bajo el Nº 4385, de 30 de octubre de 2017. Para efectos
publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 del decreto Nº 303, año 2000,
Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: A) Nombre: "Templo Budista YKL Chile" y/o
"Asociación para el Estudio y Práctica del Budismo Tibetano", conocida también como "YKL,
Younge Kachod Ling", domicilio Av. José Domingo Cañas 1055, Depto. 602-A, Ñuñoa, Región
Metropolitana. B) Registro Público de Inscripción del Ministerio de Justicia: Inscripción Nº
4385, de 30 octubre 2017. C) Nombre de los constituyentes: Jigme Sopa Kamba, pasaporte USA
Nº 476378528; Angélica Lorena Jara Pérez, CI 9.323.305-0; Víctor Rodrigo Alarcón Muñoz,
CI 12.129.620-9; Johanna Patricia Santibáñez Garvisio, CI 13.430.087-6; Judith Teresa de los
Ángeles Fuentes Moraga, CI 9.976.087-7; Mauricio Andrés Salinas Moreno, CI 9.027.057-5;
Carlos Alberto Cubillos Velásquez, CI 12.721.411-5; Arturo Paul Kast Rilling, CI 8.681.364-5;
Jacqueline Vanessa Leiva Vergara, CI 12.763.469-6; Fernando Andre Williams Guibert,
CI 15.307.573-5; Hernán Meschi Velasco, CI 8.954.483-1; Sonia Andrea Anticevich Cáceres, CI
8.008.581-3; Adriana Verónica Font Ortega, CI 12.661.009-2; Carlos Ríos Vera,
CI 17.206.254-7; Pamela Andrea Delgado Fuentealba, CI 17.159.026-4. D) Elementos
esenciales, fundamentos y principios: Estudio y práctica filosofía budista basada en enseñanzas
del Buda Shakyamuni: a) Reconocimiento de las Tres Joyas como objetos supremos de refugio;
Buda como protector último; Dharma o la Enseñanza como el camino que conduce a la
liberación del sufrimiento y Sangha o Comunidad de practicantes como la compañía en el
camino; b) Reconocimiento existencia del sufrimiento en la vida de los seres sintientes y
confianza en la posibilidad de liberarse del sufrimiento alcanzando la felicidad verdadera según
se enseña en las Cuatro Nobles Verdades y otras enseñanzas relacionadas; c) Práctica Principios
esenciales del budismo: el reconocimiento de la existencia humana como algo valioso;
impermanencia; interdependencia; karma; ausencia de existencia intrínseca de los fenómenos y
de los individuos; la vacuidad y la práctica de la compasión hacia todos los seres; d) Cinco
preceptos budistas para laicos: no dañar criaturas vivas intencionadamente, no tomar lo que no ha
sido dado, abstenerse de conductas sexuales inapropiadas o que causen daño, no dañar mediante
la palabra, no intoxicarse a uno ni a otros; e) Rechazo del sectarismo, promoviendo el estudio y
práctica de todas las tradiciones budistas de manera no sectaria e imparcial, incluyendo el
método del Bon; f) Actitud imparcial y de respeto hacia todas las escuelas, personas, doctrinas y
tradiciones que contribuyen a enaltecer la condición humana, alentando a la práctica de la
amabilidad, compasión, la paz y la armonía, la tolerancia y el respeto hacia las demás religiones;
g) Énfasis en la práctica y aplicación de las enseñanzas, no solo mera intelectualidad o recitación
de mantras, sino ocupar la inteligencia y la compasión en cada momento; h) Fortalecimiento de
espíritu crítico y reflexivo; i) Reconocimiento de la Igualdad en dignidad y derechos de todas las
personas, rechazando discriminaciones arbitrarias; j) Ayudar en la creación de un mundo mejor
para todas las formas de vida, siendo el budismo como religión, filosofía o forma de vida, una
preocupación secundaria. E) Órganos de administración, sus atribuciones y el número de
miembros que la componen: 1) Director Espiritual: autoridad máxima, instructor o maestro

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