Constitución Iglesia Ministerio de la Reconciliación en Tomé - 25 de Julio de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874798351

Constitución Iglesia Ministerio de la Reconciliación en Tomé

Fecha de publicación25 Julio 2020
Número de registroCVE-1789191
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta42.714
CVE 1789191 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.714 | Sábado 25 de Julio de 2020 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1789191
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA MINISTERIO DE LA RECONCILIACIÓN EN TOMÉ
(Extracto)
Por escritura pública de 19 de febrero de 2020, bajo el número 312 del Repertorio del año
2020, complementada por escritura pública de 5 de mayo de 2020, bajo el número 625 del
Repertorio del año 2020, ambas otorgadas ante el Notario Público de Tomé, don Gonzalo
Míguez Núñez en su domicilio Sotomayor 1265 de la comuna de Tomé; consta el acta de
constitución y aprobación de los estatutos de la Iglesia Ministerio de la Reconciliación en Tomé,
cuyo número de registro en el Registro de Iglesias de Derecho Público del Ministerio de Justicia
es el Nº 5280 de fecha 5 de marzo de 2020. A) El nombre de la entidad es Iglesia Ministerio de la
Reconciliación en Tomé, pudiendo usarse como nombre la sigla I.M.R.T. siendo su domicilio
principal el ubicado en Pasaje Lafquen Nº 481 de la ciudad de Tomé. B) Los constituyentes de la
iglesia son: José Antonio González Chávez, Mary del Rosario Acuña Fierro, Flavio Leonardo
Contreras Coloma, Patricio David Bustos Letelier, Carlos Omar Baeza Vega, Óscar René Acuña
Fierro, Sergio Ilich Sepúlveda Bahamonde, Juan Ricardo Leiva Narváez y Mario Alejandro
Torres Torres. C) Creemos: i) En la inspiración plenaria y verbal del Antiguo y Nuevo
Testamento, esta es la única regla divina de fe y práctica cristiana; ii) En un Dios infinitamente
perfecto que existe en tres manifestaciones: Padre, Hijo y Espíritu Santo; iii) Jesucristo es
verdadero Dios y hombre; iv) En la divinidad del Espíritu Santo; v) El hombre creado a imagen y
semejanza de Dios, cayó por desobediencia, siendo muerto espiritual y carnalmente y sólo salvos
por medio de la fe en Jesús; vi) La salvación provista por Cristo para todos los hombres por fe;
vii) En la resurrección corporal, para vida o para condenación; viii) En el bautismo por inmersión
y en la Santa Cena; ix) En el matrimonio para toda la vida; x) En la presentación de niños a Dios;
xi) En que la Iglesia es el cuerpo de Cristo. D) Órganos de administración: i) Reunión
Ministerial, órgano consultivo, reflexivo y deliberatorio. Conformado por todos quienes ocupen
el cargo de Pastores, Ancianos y Diáconos. Establece programa de actividades, recibe y evalúa
informes; trata expulsión de miembros, aprueba presupuesto anual, así como informes de
tesorería y revisión de cuentas. ii) Pastor Presidente. Cargo unipersonal. Dirige la iglesia;
administra bienes e invierte bienes; cita a reuniones ministeriales; propone creación de personas
jurídicas derivadas; crea departamentos; establece comisiones de servicio; rinde cuentas a la
reunión ministerial anual; cumple y hace cumplir los acuerdos ministeriales; celebrar actos y
contratos; representa judicial y extrajudicialmente a la I.M.R.T.; preside reuniones; firmar
documentación del cargo. iii) Secretario; Cargo unipersonal, lleva libro de actas; redacta y
despacha comunicaciones; forma tablas de sesiones; contesta correspondencia de mero trámite,
actúa como ministro de fe. iv) Tesorero. Cargo unipersonal; lleva registro dinerario; cuenta
documentada de egresos; estados de cuenta; paga deudas de servicios básicos; deposita fondos de
la Iglesia en cuentas bancarias de ésta; lleva contabilidad; inventaría bienes. Doy fe.

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