Condiciones imprevistas en los contratos de construcción a suma alzada y su aplicación al sitio de las obras - Núm. 22, Julio 2014 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651617657

Condiciones imprevistas en los contratos de construcción a suma alzada y su aplicación al sitio de las obras

AutorThomas Sutherland Borja
CargoAbogado. Licenciado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas161-195
Artículos de doctrina
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Julio 2014 CondiCiones imprevi stas en los Contratos de ConstruCCión a suma alzada...
CONDICIONES IMPREVISTAS
EN LOS CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
A SUMA ALZADA Y SU APLICACIÓN
AL SITIO DE LAS OBRAS
UNFORESEEN CONDITIONS IN LUMP
SUM CONSTRUCTION CONTRACTS
AND ITS APPLICATION TO THE WORKSITE
CON DITION S IMP RÉVUE S DANS LES C ONTRATS
DE CONSTRUCTION À PRIX FORFAITAIRE
ET SON APPLICATION SUR LÉNDROIT
DE TRAVAIL
Thomas Sutherland Borja*
rESumEn
La regla segunda del artículo 2003 del Código Civil permite al constructor
solicitar una revisión del precio cuando circunstancias imprevisibles le
hacen incurrir en mayores costos. Este trabajo revisita la norma a la luz
de ciertos principios generales del Derecho para cuestionar el alcance y
el fundamento jurídico que tradicionalmente se le atribuyen. Junto con
esto,se proponen ciertos parámetros que deben regir la renegociación
del precio entre las partes o la determinación del aumento del precio por
parte del tribunal, según corresponda. El trabajo f‌inaliza con un repaso
de los diversos tipos de cláusulas utilizados habitualmente para alterar los
efectos de la norma en estudio, y la conveniencia de incorporar dichas
estipulaciones en un contrato. El análisis de la disposición se ha efectuado
tomando las condiciones imprevistas en el suelo como caso base, debido
a que éstas constituyen una causa recurrente de conf‌lictos de relevancia
entre las partes en la industria de la construcción.
Palabras clave: imprevisto, suelo, construcción, suma alzada.
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 22, pp. 161-195 [julio 2014]
* Abogado. Licenciado en Derecho de la Pontif‌icia Universidad Católica de Chile.
Asociado de Barros y Errázuriz Abogados. Dirección postal: avenida Isidora Goyenechea
2939, piso 10, Las Condes, Chile. Artículo recibido el 24 de enero de 2014 y aceptado
para su publicación el 10 de abril de 2014. Correo electrónico: tsutherland@bye.cl
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Artículos de doctrina
abStract
Rule 2 of article 2003 of the Chilean Civil Code enables the contractor to
request a revision of the contract price when unforeseeable circumstances
cause increased costs. This paper revisits the norm in light of certain gene-
ral legal principles in order to challenge the extension and legal foundation
that it has traditionally been attributed with. This work also offers certain
parameters that guide the renegotiation process between the parties or
the determination of the price increase by the tribunal, when applicable.
This work concludes with a review of the clauses most commonly used to
alter the rule’s effects, as well as the convenience of their inclusion. The
mentioned rule has been analyzed by adopting unforeseen site conditions
as the base case, since it is a recurring cause for relevant disputes between
the parties in the construction industry.
Key words: Unforeseen, ground, construction, lump sum.
réSumé
La deuxième règle de l’article 2003 du Code Civil du Chili permet au
constructeur de demander une révision du prix lorsque les circonstances
imprévues engagent des coûts disproportionnés. Cet article analyse la
règle à la lumière de certains principes généraux du droit, notamment le
droit de contester la portée et le fondement juridique qui lui a été attribué
traditionnellement. En outre certains paramètres qui devraient régir la rené-
gociation du prix parmis les parties ou de la détermination de la hausse des
prix par le tribunal, le cas échéant proposé. Le texte f‌inalise par un aperçu
des différents types de clauses couramment utilisés pour modif‌ier les effets
de la règle analysée, et l’importance díntroduire de telles stipulations dans
un contrat. L’analyse de la disposition a été faite en fonction des conditions
imprévues sur le sol comme un cas de base, car ils sont une source récurrente
de conf‌lit entre les parties concernées dans l’industrie de la construction.
Mots clés: imprévue, terrain, construction, somme forfaitaire
introducción
Quien ha puesto pie en el sitio de una construcción se habrá impresionado
de la marcada verticalidad que existe en la cadena de mando del personal
de la empresa contratista. Ello, sumado al uso de cascos, botas, uniformes
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y maquinaria pesada hacen que dichas empresas se asemejen a las institu-
ciones castrenses. La similitud entre este tipo de compañías y las fuerzas
armadas no es azarosa, puesto que tal como lo señaló John W. Kern III,
juez de la Corte de Apelaciones del distrito de Columbia en Nueva York:
“con la excepción de un campo de batalla, en ninguna otra parte
deben los hombres coordinar el movimiento de otros hombres y
materiales en el medio de tal caos y con una certeza tan limitada de
hechos presentes y ocurrencias futuras como en un gran proyecto
de construcción”1.
Liderando las variables productoras de tal caos e incertidumbre se
encuentra el suelo de los sitios de las obras, al punto en que la Institution
of Civil Engineers ha indicado que es éste donde las cosas tienen más
probabilidades de salir mal en un proyecto, afectando a una de cada dos
construcciones de edif‌icios comerciales y a un 37% de las obras de edif‌i-
cios industriales2. El descubrimiento de condiciones adversas del terreno
normalmente se traduce en un aumento de costos para el constructor y un
incremento en el tiempo previsto para la recepción de lo encargado por
el mandante. Los vicios ocultos del suelo y sus efectos en los contratos de
construcción cobraron especial relevancia y vigencia a propósito de la eje-
cución de las obras para la ampliación del canal de Panamá3. El proyecto,
de un presupuesto inicial de aproximadamente USD 5.250.000.000, se vio
detenido cuando el consorcio constructor liderado por Sacyr alegó que
había incurrido en supuestos sobrecostos por sobre USD 1.600.000.000
causados por problemas geológicos no detectados4. Tal detención enfrascó
al consorcio constructor en una negociación con la autoridad del canal de
Panamá, la cual se extendió hasta mediados de marzo de 2014, generando
pérdidas millonarias para ambas partes5. Casos como éste hacen que sea
necesario tener claridad sobre el sentido y alcance de la disposición legal
que se ocupa de regular este tema en nuestro ordenamiento jurídico pri-
vado, así como de los distintos tipos de cláusulas habitualmente utilizadas
en la industria para alterar los efectos que establece la ley.
1 Blake Construction Co. con Coakley Co. (1981). Traducción del autor.
2 ICE (1991,) pp. 2-3.
3 Para mayor información sobre el proyecto visite www.acp.gob.pa/eng/
4 Diario El País, sección Economía, 4 de enero de 2014. Disponible en http://
economia.elpais.com/economia/2014/01/04/actualidad/1388871782_371304.html. [Fecha
de consulta: 25 de marzo de 2014].
5 Diario El País, sección Economía, 14 de marzo de 2014. Disponible en http://eco-
nomia. elpais.com/economia/2014/03/14/agencias/1394768532_559229.html. [Fecha de
consulta: 25 de marzo de 2014].
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