Condiciones de existencia y de validez de los actos jurídicos - Curso de Derecho Civil. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 378238678

Condiciones de existencia y de validez de los actos jurídicos

AutorGonzalo Figueroa Yáñez
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Civil, Universidad de Chile
Páginas105-123
105
II. LA CAPACIDAD
A. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
DE LA CAPACIDAD
81. Explicación
La capacidad ha sido definida como la
aptitud legal de las personas para gozar y
ejercer derechos. A partir de esta definición,
se pueden distinguir dos tipos de capaci-
dad: la capacidad de goce y la capacidad
de ejercicio.
La primera es la aptitud legal de las perso-
nas para tener o para ser titular de derechos.
La segunda, en cambio, es la aptitud legal
de las personas para poder ejercer o hacer
valer sus derechos, por sí mismas y sin el
ministerio o la autorización de otras.
La primera de estas capacidades, la
capacidad de goce, es un atributo de la
personalidad, lo que significa que la poseen
todas las personas, sin distinción, tan sólo
por el hecho de ser personas. Ella se tiene
desde el momento en que para nuestro
derecho comienza la existencia legal de
una persona, momento a partir del cual
ella puede ser considerada como un sujeto
o titular de derechos, y que en virtud del
artículo 74 del Código Civil comienza con el
nacimiento. La circunstancia de que la ley
establezca que desde el nacimiento todas
las personas son titulares de derechos no
significa que ellas estén autorizadas para
ejercerlos. Para poder ejercer los derechos
se requiere de una capacidad distinta, la
capacidad de ejercicio.
Es la capacidad de ejercicio aquella
que nuestro Código Civil establece como
requisito de validez de los actos jurídicos.
C a pí tu l o I II
CONDICIONES DE EXISTENCIA Y DE VALIDEZ
DE LOS ACTOS JURÍDICOS
Ella está definida en el artículo 1445 inci-
so final de nuestro Código, el cual señala
“La capacidad legal de una persona consiste en
poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio
o la autorización de otra”.
La capacidad de ejercicio está relacionada
con un cierto desarrollo intelectual o con un
discernimiento que permita a las personas
administrar sus bienes y celebrar respecto a
los mismos cualquier tipo de acto jurídico.
Ella es una forma de protección establecida
por la ley, respecto del patrimonio de los
incapaces –los cuales, para la ley, no tienen o
no pueden manifestar claramente su volun-
tad– protegiendo además el patrimonio de
sus herederos. Es a la capacidad de ejercicio
a la que dedicaremos este capítulo.
El artículo 1446 establece la regla gene-
ral en materia de capacidad de ejercicio,
señalando que toda persona es legalmente
capaz. La excepción está establecida en la
misma norma, al señalar “excepto aquellas que
la ley declara incapaces”. Que la incapacidad
sea la excepción en materia de validez de
los actos jurídicos tiene dos consecuencias
importantes. La primera es que quien ale-
ga la nulidad de un acto, por incapacidad
de una de las partes, debe probarla. La
segunda es que, al tener las normas que
establecen las incapacidades el carácter de
excepcionales, ellas deben ser interpretadas
de manera restrictiva.
82. L
UIS
C
LARO
S
OLAR
: Explicaciones de Dere-
cho Civil chileno y comparado, Imprenta
Nascimento, 1937, Tomo XI, págs. 22
y 23.
La capacidad consiste en la aptitud legal de
las personas para el goce y el ejercicio de
106
Curso de Derecho Civil - Tomo II
los derechos civiles. Goza de un derecho
el que lo tiene, su titular, el que se halla
investido del mismo derecho; ejercita un
derecho el que lo pone en práctica, el que
lo hace valer por medio de los actos jurí-
dicos destinados a producir a su respecto
determinados efectos: estos dos elementos
reunidos constituyen la plenitud de la
capacidad jurídica; separados dan lugar
a dos especies o más bien dos grados de
capacidad: la capacidad de goce y la capa-
cidad de ejercicio.
La capacidad de ejercicio de los derechos
civiles supone necesariamente la capacidad
de goce, puesto que para poder ejercitar
un derecho y disponer de él es necesario
poder llegar a ser el sujeto activo o titular
del derecho. Mientras tanto, la capacidad
de goce puede existir sin la capacidad de
ejercicio: una persona que puede ser sujeto
de derechos y que, por lo mismo, puede
adquirir su goce, puede ser, según los casos,
capaz o incapaz de ejercer los derechos que
adquiere, de disponer de ellos.
Hay, en consecuencia, personas que, a
pesar de tener el goce de los derechos civi-
les, no tienen su ejercicio, pero no podría
haber personas que tuvieran el ejercicio de
derechos de que ellos no gozan.
La incapacidad no debe confundirse
con la carencia de poder. Este es el derecho
de ejecutar actos por otro. Así, un tutor,
un mandatario, tienen o no el poder de
ejecutar sólo determinados actos sobre el
patrimonio del pupilo o del mandante; el
acto ejecutado excediendo los poderes no
podrá oponerse al pupilo o al mandante y
no tendrá efecto a su respecto cualquiera
que sea su valor.
PREGUN TAS Y EJERCICIOS
1. Busque algunos casos en que una persona
tenga capacidad de goce, pero no tenga capacidad
de ejercicio.
2. Busque algunos casos en que una persona
no tenga ni capacidad de goce ni capacidad de
ejercicio.
3. ¿Cómo podría actuar en la vida jurídica
una persona que tenga capacidad de goce, pero
que no tenga capacidad de ejercicio?
4. Trate de definir la capacidad de goce y la
capacidad de ejercicio.
5. ¿Cree usted que la definición contenida
en el art. 1445 inciso 2º del C.C. se refiere a la
capacidad de goce, a la capacidad de ejercicio o
a ambas?
6. ¿Cree usted que los arts. 961 y 963 a 965
del C.C. contienen incapacidades de goce?
7. Si una persona alega ser capaz de ejercicio
y otra alega que no lo es, ¿cuál de las dos deberá
probar lo que alega?, esto es, ¿debe probarse la
capacidad de ejercicio o la incapacidad de ejer-
cicio? ¿Por qué?
83. Cuadro sinóptico
dementes
impúberes
sordos o sordomudos que no pueden
darse a entender claramente
menores adultos
disipadores interdictos
CLAS IFICACIÓN DE LA INC APACIDAD DE EJERCICIO
Incapacidad de ejercicio
absoluta
relativa
especial o particular
(prohibiciones)
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14243
144442444443

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