Concubinato y sociedad conyugal: conflictos jurídicos que derivan de una superposición - Núm. 2, Enero 2006 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706563009

Concubinato y sociedad conyugal: conflictos jurídicos que derivan de una superposición

AutorJorge Baraona González
CargoDoctor en Derecho. Profesor de Derecho Civil. Universidad de los Andes y P. Universidad Católica de Chile
Páginas223-250
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CONCUBINATO Y SOCIEDAD CONYUGAL: CONFLICTOS JURÍDICOS
Concubinato y sociedad conyugal: conflictos
jurídicos que derivan de una superposición
1
JORGE BARAONA GONZÁLEZ2
Doctor en Derecho
Profesor de Derecho Civil
Universidad de los Andes y P. Universidad Católica de Chile
RESUMEN EJECUTIVO
El fallo de la Corte Suprema es de vital importancia para ordenar una cuestión que
en Chile no tiene fácil solución, como es conciliar los derechos patrimoniales del
cónyuge casado en sociedad conyugal (marido), con la actual pareja de su consorte
con quien convive. Esta cuestión es de crucial importancia, pues, si se estima que
lo que debe privilegiarse es la sociedad conyugal, quiere decir que la comunera
(conviviente) solo podrá participar, como tal, en los bienes del marido, una vez que
se liquidara la sociedad conyugal habida con su mujer, es decir, una vez que se
apartase de la masa partible lo que teóricamente pertenecía a la mujer, en su
calidad de cónyuge, por concepto de mitad de gananciales. La solución que se
adoptara tenía un innegable sentido práctico, aparte de la cuestión teórica, en
cuanto esta incide en la relevancia de la familia matrimonial, como modelo de
comportamiento social. La sentencia de la Corte Suprema claramente opta por
privilegiar a la sociedad conyugal. Estimó la Corte que la existencia de la sociedad
conyugal, significa que ella debe preferirse a otra eventual situación de comunidad
en que se pudiera encontrar el cónyuge. El estudio insistirá en que si bien esta
solución, en lo conceptual es razonable, para el caso en cuestión resulta del todo
inadecuada, porque prescinde de un aspecto que parece esencial: la cuestión pro-
batoria, es decir, si existía o no una comunidad entre el cónyuge fallido y un
tercero, en este caso la conviviente. El trabajo apuntará a demostrar que la senten-
cia de segunda instancia hizo un cuidado y minucioso análisis de la prueba rendi-
da. Por último, y de cara a una política pública, el trabajo concluye que este tipo
de conflictos, en donde los aspectos patrimoniales son evidentes –se discute si en
el patrimonio del causante tiene o no interés la concubina– no deben buscarse
soluciones abstractas, sino encaminarse por la realidad de los hechos concretos; en
este sentido la cuestión probatoria en el juicio parece trascendental.
SUMARIO
1.- Introducción. 2.- Los Antecedentes del Fallo. 3.- Las normas de la sociedad conyu-
gal tienen carácter de orden público. 4.- El concubinato no supone necesariamente
comunidad de bienes entre los convivientes. 5. Criterios que permiten detectar una
1Comentario a la sentencia recaída en un recurso de casación, en los autos caratula-
dos “Grez con Álvarez”, CORTE SUPREMA, sentencia de 12 de mayo de 2005, Rol n°
5414-03, pronunciada por los ministros señores Hernán Álvarez G., Eleodoro Ortiz.,
Enrique Tapia W., Jorge Rodríguez A., Enrique Cury U.
2El autor del trabajo agradece la colaboración del Licenciado en Derecho, PUC, don
Jaime Alcalde S.
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SENTENCIAS DESTACADAS 2005
comunidad entre convivientes. 6.- El concurso de concubinato y la sociedad conyugal.
6.1. Aproximación. 6.2. Comunidad y sociedad conyugal. 7.- Protección de los terce-
ros, apariencia y registros públicos. 8.- La prueba rendida en el proceso. 8.1. El análisis
probatorio de la sentencia de reemplazo. 8.2. La interpretación del artículo 1739 del
Código Civil. 8.3.- La prueba analizada. 8.3.1.- Las adquisiciones del señor Manuel
Álvarez a título exclusivo y oneroso y sin participación de la actora, compareciendo
como casado e implícitamente como administrador de la sociedad conyugal. 8.3.2.- El
informe pericial que concluye en la separación de patrimonios, y el patrimonio de la
actora. 8.3.3.- La falta de incorporación de la actora a la sociedad de inversiones del
causante. 8.3.4.- La aceptación del usufructo vitalicio por parte de la actora, sobre un
bien raíz perteneciente a la sociedad conyugal. 8.4.- La falta de prueba pormenoriza-
da. La sentencia de reemplazo no analiza debidamente la prueba ofrecida. 9.- El
rechazo de la pretensión subsidiaria. 10.- Conclusiones. 11.- Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN
Con fecha 12 de marzo del año 2005, nuestra Corte Suprema de
Justicia resolvió, por vía de una casación en la forma de oficio, una
cuestión extraordinariamente importante referida al conflicto susci-
tado entre la concubina o conviviente de un difunto, y sus herede-
ros y asignatarios por causa de muerte, entre los que se incluía a la
mujer. Demandó la conviviente el reconocimiento de su condición
de comunera en determinados bienes del causante, y supletoria-
mente que se le remunerara por los servicios prestados al causante,
bajo los principios del enriquecimiento injusto.
El problema que se suscitó era importante, porque le permitió a nuestra
Corte Suprema fijar criterios jurídicos que permitan resolver este tipo de
conflictos –por desgracia bastante corrientes en nuestro país– y cuya
oscuridad solo puede contribuir a hacer menos seguro el tráfico jurídico.
El fallo no ha encontrado unanimidad entre los autores, respecto del
sentido jurisprudencial que pueda tener. Para algunos, la sentencia
supone una cierta alteración de la doctrina que desde hacía muchos
años venía sustentando nuestro más alto tribunal de justicia, en el
sentido de dar protección jurídica a los convivientes, pese a la
precariedad y falta de legitimación jurídica de su unión, para lo
cual la Corte ha recurrido a diversas líneas de solución, que le ha
permitido dar sustento a determinadas pretensiones patrimoniales
entre los concubinos: comunidad de hecho, sociedad de hecho,
enriquecimiento sin causa, etc.3 La protección o privilegio que del
3Sobre el concubinato en general, vid.: ÁLVAREZ NÚÑEZ, Carlos, “Algunas considera-
ciones doctrinarias, legales y jurisprudenciales sobre el concubinato”, en
Revista de
Derecho de la Universidad de Concepción
143 (1968), pp. 5-31; BARRIENTOS GRAN-
DÓN, Javier y NOVALES ALQUÉZAR, Aránzazu,
Nuevo derecho matrimonial chilen
o

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