Conclusiones - Núm. 28, Marzo 2023 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 930141486

Conclusiones

AutorJuan Ignacio Gómez Corvalán
CargoAbogado de la Universidad Adolfo Ibáñez y Magíster en Regulación por la misma casa de estudios. Coordinador para el Congreso Nacional en Libertad y Desarrollo.
Páginas27-27
27
MARZO 2023 / SERIE INFORME JUSTICA 28
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4.
10. CONCLUSIONES
Como ha podido verse, existe una abundante literatura
respecto de la gestión de desastres y del riesgo de desas-
tres, las cuales reejan una consistente preocupación y
compromiso de la comunidad internacional respecto de
la disminución del riesgo de desastres. Asimismo, por
motivos históricos, nuestro país cuenta con un comple-
to y moderno instrumental regulatorio para hacer fren-
te a la gestión de desastres y del riesgo de desastres en la
Administración del Estado. Sin embargo, no se cuenta
con un instrumental equivalente en lo referente a servi-
cios públicos, particularmente en el sector sanitario y en
la distribución eléctrica.
Al respecto, es posible intuir que la diferencia en la for-
ma de abordar la regulación radicó en que, la gestión de
desastres y del riesgo de desastres, con la sistematicidad
que se ha desarrollado hoy, sobre todo por la incidencia
del cambio climático, no había sido prevista y constitu-
ye un vacío de la regulación, toda vez que ni los modelos
remuneratorios ni la legislación de la época la conside-
raron. Por ello, no es de extrañar que las tarifas determi-
nadas por la empresa modelo no contemplan la gestión
de desastres ni incorporen criterios explícitos de gestión
de desastres y de riesgos de desastres, con excepción de
algunas modicaciones importantes, pero acotadas, que
se introdujeron a la Ley General de Servicios Eléctricos
respecto de restricciones de la empresa real que debe in-
corporar la empresa modelo.
Posteriormente, se expuso que la actividad de los servi-
cios, y de la distribución de energía eléctrica, en particu-
lar, se realiza mediante concesiones de servicio público
que pueden entenderse como contratos para efectos de
aplicar la teoría de los costos de transacción de William-
son. Así, se perla que, ante situaciones extremas, hay
importantes espacios de oportunismo para las compa-
ñías y el regulador, pero, particularmente, para las pri-
meras. De lo anterior se sigue la necesidad de generar
una mejor gobernanza, que permita incluir criterios de
resiliencia y mejor reconstrucción, acorde a los linea-
mientos del Marco de Sendai.

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