Decreto 339 - MODIFICA CONCESIÓN DE LA LÍNEA DE TRANSPORTE 110 KV CERRO NAVIA - RENCA DE CHILECTRA S.A., UBICADA EN LA REGIÓN METROPOLITANA, OTORGADA MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 823, DE 1984, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238605818

Decreto 339 - MODIFICA CONCESIÓN DE LA LÍNEA DE TRANSPORTE 110 KV CERRO NAVIA - RENCA DE CHILECTRA S.A., UBICADA EN LA REGIÓN METROPOLITANA, OTORGADA MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 823, DE 1984, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE LA LÍNEA DE TRANSPORTE 110 KV CERRO NAVIA - RENCA DE CHILECTRA S.A., UBICADA EN LA REGIÓN METROPOLITANA, OTORGADA MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 823, DE 1984, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Núm. 339.- Santiago, 31 de diciembre de 2009.- Visto: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Nº 8.140, de fecha 16 de diciembre de 2009, y lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley General de Servicios Eléctricos, y en la ley Nº 18.410.

Decreto:

Artículo 1º

Modifícase la concesión definitiva otorgada a Chilectra S.A., mediante el decreto supremo Nº 823, de 1984, del Ministerio del Interior, para el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica denominada "Línea 110kV Cerro Navia - Renca", ubicada en la Región Metropolitana, la que fuera modificada por medio del decreto supremo Nº 441, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción en los términos que se indican en los artículos siguientes.

Artículo 2º

El objetivo de la solicitud es modificar el trazado de la línea, en el tramo comprendido entre las estructuras 12 y 15, de 1 km. de longitud, desplazando las torres 12, 13 y 14, originalmente ubicadas en la ribera norte del río Mapocho, en la comuna de Renca, hacia la ribera sur de dicho río, en la comuna de Quinta Normal.

Artículo 3º

El presupuesto del costo de las obras ascendió a la suma de seiscientos noventa y seis millones ciento cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y dos pesos ($696.151.492).

Artículo 4º

Copia de los planos generales de las obras, de la memoria explicativa y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 5º

No se constituyen servidumbres legales, atendido que las instalaciones sólo utilizan bienes nacionales de uso público en su recorrido.

Artículo 6º

La presente modificación de concesión se otorga en conformidad a lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que...

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