El concepto de terrorismo en el constitucionalismo y en la democracia en Chile - Núm. 5-1/2, Enero 2019 - Derecho y Crítica Social. Revista Académica Internacional y Multidisciplinaria - Libros y Revistas - VLEX 851668874

El concepto de terrorismo en el constitucionalismo y en la democracia en Chile

AutorDaniela Cisternas
CargoUniversidad Diego Portales
Páginas39-81
2019] DANIELA CISTERNAS 39
Derecho y Crítica Social 5(1-2) 39-81
EL CONCEPTO DE TERRORISMO EN EL
CONSTITUCIONALISMO Y EN LA DEMOCRACIA EN
CHILE
Daniela Cisternas
Estudiante de Magister, Universidad Diego Portales, Chile
Resumen. En un Estado constitucional y democrático de Derecho
resulta fundamental preguntarse por la nec esidad de dar rango
constitucional al fenóme no terrorista. Dicha medida, al constituir una
herramienta que restringe las garantías individuales de las personas y
pone en duda la legitimidad del sistema democrático, ha sido cr iticada
reiteradamente por diversos órgano s internacionales. Para desentrañar
las razones de la inclusión constitucio nal del terrorismo en el sistema
constitucional chileno, se hará un análisis socio – jurídico basado en la
revisión de la historia constitucional del fenómeno desde comienzos
del siglo XX. En ella, se podrá constatar que su tipificación
constitucional ha servido como una herramienta de lucha para combatir
a la disidencia política y, en particular, para tratar el mal llamado
“Problema Mapuche”. Sin perjuicio que el rango constitucional del que
goza el terrorismo puede tener varias razones explicativas, dicha
medida no puede ser legitimada en un sistema democrático como el
nuestro, cuya esencia es la persona, el respeto a su dignidad y derechos
inalienables.
Palabras claves. Terrorismo, Co nstitucionalismo, Democracia,
Constitución, Disidencia Política.
Cítese como: Cisternas, D. (2019) “El concepto de terrorismo en el constitucionalismo y en
la democracia en Chile”, en Derecho y Crítica Social 5(1-2) 39-82. ISSN 0719-5680. Recibido
el 10 mayo 2019, aprobado para su publicación el 10 de diciembre de 2019. Contacto del
autor correspondiente: daniela.cisternasp@mail.udp.cl. Trabajo de investigación realizado
en el marco del proyecto Fondecyt Regular Nº 1181585 y del Magíster en Derecho Público
y Litigación Constitucional bajo la supervisión de Domingo Lovera y Rodrigo Cordero, a
los que la autora agradece su gran apoyo y motivación.
EL CONCEPTO DE TERRORISMO 40
Derecho y Crítica Social 5(1-2) 39-81
THE CONCEPT OF TERRORISM IN CHILEAN
CONSTITUTIONALISM AND DEMOCRACY
Daniela Cisternas
LLM student, Universidad Diego Portales, Chile
Summary. In a constitutional and democratic state governed by the rule
of law, it is essential to ask ourselves whether it is necessary to give
constitutional status to the phenomenon of terrorism. This measure, as
it constitutes a tool that restricts the individual guara ntees of people
and questions the legitimacy of the democratic system, has been
repeatedly criticized by various international bodies. In order to unravel
the reasons for the constitutional inclu sion of terrorism in the Chilean
constitutional system, a socio-legal analysis will be made based on a
review of the constitutional history of the phenomenon since the
beginning of the twentieth century. In it, it will be possible to verify
that its constitutional classification has served as a tool in the fight
against political dissent and, in particular, to deal with the misnamed
"Mapuche Problem". Without prejudice to the fact that the
constitutional status enjoyed by terrorism may have several explanatory
reasons, this cannot be legitimized in a democratic system such as ours,
whose essence is the person, respect for his or her dign ity and
inalienable rights.
Keywords. Terrorism, Constitutionalism, Democracy, Co nstitution,
Political Dissidence.
Cite as follows: Cisternas, D. (2019) “El concepto de terrorismo en el constitucionalismo y
en la democracia en Chile”, en Derecho y Crítica Social 5(1-2) 39-82. ISSN 0719-5680. Received
on May 10, 2019 and approved for its publication on December 10, 2019. Corresponding
author contact: daniela.cisternasp@mail.udp.cl. This research was carried out within the
framework of the Fondecyt Regular project No. 1181585 and the Master in Public Law and
Constitutional Litigation under the supervision of Domingo Lovera and Rodrigo Cordero,
to whom the author thanks for their great support and motivation.
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INTRODUCCIÓN
En esta investigación se explorará conceptual, histórica y jurídicamente la
relación entre constitucionalismo y terrorismo, abordando su evolución e
influencia en el actual sistema democrático chileno. Con ello se busca
determinar si el esquema constitucional en materia de terrorismo en Chile es
adecuado para enfrentar – en un Estado democrático y constitucional de
Derecho - este fenómeno.
El esquema no es adecuado. La concepción de terrorismo de la Constitución
Política de 1980, así como su comprensión legal, está orientada a penalizar a
grupos disidentes que no representan una real amenaza democrática, por
tratarse de casos de protesta social, abordables sin medios represivos.
Para demostrar lo anterior, a) se dará un marco conceptual sobre terrorismo,
constitucionalismo y democracia; b) se hará una revisión histórica de la relación
entre democracia y terrorismo en Chile; c) se analizará jurídicamente la relación
entre terrorismo y constitucionalismo.
I. CONCEPTO DE TERRORISMO
Existe desacuerdo sobre el significado del terrorismo. La discusión tiende a
organizarse entre aquellos que justifican la actividad terrorista, y los que la
condenan categóricamente como cualquier forma de acción organizada que
atente contra el orden público establecido. Así, el terrorismo aparece como
un término controversial y ambiguo, que sirve tanto para mistificar su
identidad como para atacar la protección de los derechos fundamentales de
las personas. Esta tensión es evidente en Chile, toda vez que el terrorismo fue
una semántica explotada en la dictadura para perseguir a los opositores que
adquirió rango constitucional como un mecanismo para proteger la
democracia.
No obstante no hay un concepto unívoco y preciso sobre “terrorismo”1, el
artículo 2.1 letra b) de la Convención Internacional para la Represión de la
Financiación del Terrorismo (1999, ratificado por Chile y promulgado el año
1Villegas (2016a) 141.

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