El concepto de falta personal en la responsabilidad extracontractual del estado - Núm. 21, Enero 2015 - Revista de Derecho Universidad San Sebastián. Ciencias Sociales y Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 652459225

El concepto de falta personal en la responsabilidad extracontractual del estado

AutorJorge Ruiz Aguilar
CargoMagíster en Derecho, Mención Derecho Público. Profesor de Derecho Administrativo Universidad San Sebastián
Páginas19-55
REVISTA DE DERECHO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN 21/2015
www.rduss.cl
1
EL CONCEPTO DE FALTA PERSONAL EN LA
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
DEL ESTADO
Jorge Ruiz Aguilar
Magíster en Derecho, Mención Derecho Público.
Profesor de Derecho Administrativo Universidad San Sebastián
jorruag@gmail.com
REVISTA DE DERECHO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN 21/2015
www.rduss.cl
2
RESUMEN
El presente trabajo tiene por objeto determinar el concepto de falta personal y su relación
con el de falta de servicio, para lo cual se revisan, desde un punto de vista doctrinario y
jurisprudencial, los diversos criterios diferenciadores entre ambas ideas con el propósito de
precisar el ámbito de aplicación de la falta personal para vincularlo con el derecho de
repetición, a fin de encontrar un punto de equilibrio entre ambas nociones a través de una
interpretación armónica de la normativa existente que dé coherencia al régimen de
responsabilidad, ponderando de manera adecuada hasta dónde resulta posible imputar al
Estado y en qué situaciones solo podrá perseguirse al agente público.
Palabras clave: falta de servicio, falta personal, repetición.
ABSTRACT
This study aims to determine the concept of personal failure and their relationship with the
lack of service, for which are reviewed from a doctrinal and jurisprudential point of view,
the various differentiating criteria between the two ideas with the
purpose of specifying the scope of personal failure to link it to the right of
recourse, in order to find a balance between the two notions through a harmonious
interpretation of existing regulations that give coherence to the liability regime, pondering
properly until where it is possible to impute to the State and in what
situations can only be pursued to the public agent.
Keywords: personal fault, lack of service, right of recourse.
REVISTA DE DERECHO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN 21/2015
www.rduss.cl
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1. INTRODUCCIÓN
Sin lugar a dudas, el tema de la responsabilidad del Estado representa una de las materias
de mayor trascendencia en el ámbito de la actividad de la Administración Pública y
constituye uno de los elementos indispensables en la configuración de todo Estado de
Derecho, llegando a considerarse, junto con el principio de legalidad y la garantía de las
acciones contencioso-administrativas, como uno de los grandes soportes del derecho
administrativo
1
. Hauriou
2
sostenía que las dos principales teorías del derecho
administrativo son las del recurso contencioso-administrativo contra las decisiones
ejecutorias de la administración y las responsabilidades pecuniarias en que incurre la
administración en el ejercicio de su actividad”.
Para Bielsa, “la responsabilidad del Estado es una cuestión de garantía y no de
responsabilidad
3
. Sin embargo, esto no siempre fue así, y si esta institución ha llegado al
actual estadio en que se encuentra, ello es fruto de una larga evolución, la que parte con una
época en que se entendía la absoluta irresponsabilidad del Estado hasta llegar a su
categórico reconocimiento.
En este sentido, Charles Rousseau daba un esquema evolutivo de la responsabilidad
dividido en cuatro momentos:
i) etapa en que se considera únicamente la responsabilidad personal del funcionario;
ii) se admite la responsabilidad del Estado, pero surge el problema de hallar su
regulación normativa;
iii) se recurre al Código Civil francés, responsabilidad fundamentada en la noción de
culpa, y
iv) principios del derecho público, independientemente del derecho privado
4
.
Desde la antigüedad, el Estado era “irresponsable, omnipotente y omnisciente
5
. Esta
irresponsabilidad se basaba, ya sea en la naturaleza celestial de los reyes y emperadores, ya
1
HOYOS, Ricardo, La responsabilid ad patrimonial de la Administración Pública, Bogotá, Temis, 1984,
p. 19.
2
Citado por Eduardo García de Enterría en LEGUINA, Jesús, Responsabilidad civil de la administración
pública, Madrid, Edit. Tecnos, 1970, p. 21.
3
BIELSA, Rafael, Derecho administrativo, Buenos Aires, Roque de Palma Editor, 1957, V, p . 35.
4
ROUSSEAU, Charles, Teorí a General de la Responsabilidad en Derecho Administrativo. Trad. de Gerardo
Molina, Bogotá, Alberto Hernández Mora y Alberto González Ortiz Editores, 1956.
5
COLOMBO, Leonardo, Culpa Aquiliana, Buenos Aires, La Ley S.A., 1965, I, p. 467.

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