Concepto de crédito fiscal común - Núm. 95, Mayo 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 866721545

Concepto de crédito fiscal común

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas57-59
57
CRÉDITO FISCAL IVA
C.- CRÉDITO FISCAL PROPORCIONAL.
ARTÍCULO 23.- Los contribuyentes afectos al pago del tributo de este Título
tendrán derecho a un crédito scal contra el débito scal determinado por el mismo
período tributario, el que se establecerá en conformidad a las normas siguientes:
1º.-……………………………
2º.-……………………………
3º.- En el caso de importación o adquisición de bienes o de utilización de
servicios que se afecten o destinen a operaciones gravadas y operaciones
exentas o a hechos no gravados por esta ley, el crédito se calculará en forma
proporcional, de acuerdo con las normas que establezca el Reglamento.
Tal como se ha señalado en los párrafos anteriores, para tener derecho a crédito
scal por el IVA soportado, es requisito fundamental la destinación que tengan las
adquisiciones, importaciones o utilización de servicios.
POR LO TANTO:
a) Si están destinados exclusivamente a
operaciones gravadas con el IVA, es decir,
las ventas y/o servicios generan un débito
scal IVA.
Se tiene derecho al 100% del IVA como
crédito scal.
b) Si está destinado exclusivamente
operaciones exentas o no gravadas, el
IVA.
No dará derecho a crédito y pasará en su
totalidad a formar parte del costo o gasto de
los bienes adquiridos e importados o de los
servicios recibidos, según corresponda.
c) Si está destinado a generar
simultáneamente tanto operaciones
gravadas, como no gravadas o exentas
de IVA, lo que se denomina comúnmente
como crédito scal común.
El crédito scal se debe calcular en forma
proporcional. Este crédito solo debe
calcularse por el IVA que provenga de las
facturas de destino común y en ningún caso,
aquellas cuya afectación está identicada con
una u otra actividad de las letras anteriores.
El IVA irrecuperable es gasto.
En consecuencia, de conformidad a la norma que se analiza, cuando existan
adquisiciones de bienes o utilización de servicios que han sido destinados a generar
simultáneamente operaciones gravadas con el Impuesto al Valor agregado y exentas
o no gravadas con el mismo impuesto, se origina la determinación del crédito scal
proporcional.

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