Compensaciones ambientales: un problema presente y futuro - Núm. 50, Abril 2017 - Boletín FIMA - Noticias - VLEX 829085593

Compensaciones ambientales: un problema presente y futuro

AutorVictoria Belemmi B.
CargoAbogada del Área de Litigación de FIMA

El medio ambiente siempre ha estado ahí. Es el continente y el contenido en el que nos desenvolvemos como humanidad, con las consideraciones políticas, económicas y sociales que el desarrollo de nuestra comunidad implica. Por eso, intentar defenderlo desentendiéndose de dichas consideraciones, carece de sentido. Así como también carece de sentido creer que su protección solo atiende a consideraciones contemplativas.

Pero lo anterior no es una afirmación autoevidente. Recién en las últimas décadas la comunidad internacional ha conceptualizado al medio ambiente como tal y le ha otorgado importancia, dando cuenta de que su protección no solo es relevante por el medio ambiente mismo, sino porque de su conservación depende la subsistencia de las generaciones actuales y futuras. En este tránsito, se ha llegado también a la conclusión de que el desarrollo económico y la protección del medio ambiente no son conceptos necesariamente antagónicos, sino que están interrelacionados. La superación de la pobreza depende tanto del alza en las cifras económicas de los países, como del cuidado que le demos al medio ambiente. Así por ejemplo, ya hay suficientes antecedentes para estimar que el cambio climático, producido por la acción del hombre, incide directamente en los niveles de pobreza[1].

Con este contexto es que se han firmado diversos tratados internacionales que relevan la importancia de la conservación ambiental. Entre muchos otros, podemos destacar el Convenio para la Diversidad Biológica, La Declaración de Río, la Convención para la Lucha contra la Desertificación, la Convención Ramsar y el Acuerdo de París. Además la ONU ha dictado, primero, los Objetivos de Desarrollo del Milenio y más tarde los Objetivos de Desarrollo Sustentable, dentro de los que la protección del medio ambiente ha sido un pilar fundamental.

Chile está obligado a adaptarse a las normas contenidas en estos instrumentos, ratificados por nuestro país. Y es en este proceso en que se comprendió que los proyectos de inversión económica, si bien pueden ser deseables en algún sentido, no pueden significar la destrucción del medio ambiente. Es a raíz de ello, que la Ley 19.300 incorpora diversas instituciones con la intención de proteger el medio ambiente, dentro de las que se contempla, en su artículo 16, a las medidas de mitigación, compensación y reparación ambiental. Un proyecto será aprobado si cumple con la normativa de carácter ambiental, se hace cargo de los impactos que...

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