'La compensación de culpas a la luz del artículo 2330 del Código Civil. Una revisión a propósito de la sentencia de la corte suprema causa rol 39484-2017' - Núm. 38, Enero 2021 - Revista de Derecho UCSC - Libros y Revistas - VLEX 878557670

'La compensación de culpas a la luz del artículo 2330 del Código Civil. Una revisión a propósito de la sentencia de la corte suprema causa rol 39484-2017'

AutorSonia Inostroza Adasme
Páginas165-180
165
ISSN 07117-0599 versión impresa
ISSN 2735-6337 versión en linea
REVISTA DE DERECHO - FACULTAD DE DERECHO UCSC
Nº 38, 2021, pp. 1 de 16 https://doi.org/10.21703/issn0717-0599/2021.n38-07
“LA COMPENSACIÓN DE CULPAS A LA LUZ
DEL ARTÍCULO 2330 DEL CÓDIGO CIVIL. UNA
REVISIÓN A PROPÓSITO DE LA SENTENCIA
DE LA CORTE SUPREMA CAUSA ROL 39484-
2017”
CONTRIBUTORY NEGLIGENCE IN LIGHT
OF ARTICLE 2330 OF THE CIVIL CODE. A
REVIEW OF THE SUPREME COURT RULING
LAW SUIT N° 39484-2017
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Recibido el 10/05/2021
Aceptado el 08/06/2021
RESUMEN: El problema de la participación de la vícti-
ma en los casos de responsabilidad civil extracontrac-
tual se encuentra fundamentalmente regulado a través
del artículo 2330 del Código de Bello. Esta norma per-
mite la rebaja de la pena si a la comisión del delito, por
parte del autor, se ha unido una participación impru-
dente de la víctima. En cuanto tal injerencia, por acto u
omisión, supone un abandono de su deber de descar-
ga, el problema ha de tratarse como una cuestión de
culpa en la medida que ésta implica la distribución de
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Investigación, Universidad de Los Andes, Chile. Correo electrónico: sainostroza@miuandes.cl.
ABSTRACT: The participation of the injured party in
cases of tortious liability is fundamentally regulated
in article 2330 of the Bello Code. This rule allows the
reduction of the sentence if the tort, committed by the
tortfeasor, has been joined by reckless participation of
the injured party. In such interference, by act or omis-
sion, a desertion of its duty to discharge is supposed,
the problem must be treated as a matter of fault in the
measure that this implies the distribution of a part
of the social risks linked to the activities of daily life.
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una parte de los riesgos sociales ligados a las activida-
des de la vida cotidiana1. Existe en la actualidad nutrida
doctrina nacional que aborda el asunto plasmado. En
consecuencia, apegados a ellas, analizaremos la deci-
sión de la Corte,2 -
zonamiento personal frente al tema expuesto.
PALABRAS CLAVE: Víctima – responsabilidad civil –
imprudente – culpa – deber.
1 Aedo (2014), p. 705 ss.
2 Olivares con Fisco de Chile (2018).
Currently, there is a large national doctrine that ad-
dresses the matter set forth. Consequently, adhering
to it, we will analyse the decision of the court, contrib-
uting with critical and personal reasoning regarding
this subject.
KEYWORDS: Injured party, tortious liability, reckless
participation, fault, duty.
I. INTRODUCCIÓN
En el presente análisis jurisprudencial hemos de advertir a propósito de los hechos expuestos, en el
caso sub lite, pluralidad de materias por tratar.
Prima facie, nos encontramos frente a la responsabilidad civil extracontractual del Estado que está
absolutamente ligada a la falta de servicio del Fisco.
Si bien es cierto, nuestra investigación no pretende examinar desde un punto de vista del derecho
administrativo el caso en cuestión, inútil sería despreciar este contenido, toda vez, que una mirada
hacia él nos otorga un panorama más acabado para comprender el tema de fondo por investigar.
El estudio se centrará a propósito del razonamiento que realiza el tribunal de casación al artículo
2330 del Código Civil, en donde, a partir de los hechos, los sentenciadores revocan la decisión del
tribunal ad quem, que había desestimado la presencia de culpa en la conducta del demandado.
Así las cosas, la culpa de la víctima que reduce el quantum indemnizatorio, dará lugar a la compen-
sación de culpas que será nuestro eje central de estudio, cómo se aplica el citado artículo en materia
extracontractual, qué incidencia tiene en la compensación el hecho de que a una de las partes se le
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la compensación.
Para poder responder a estas preguntas advertiremos a través del caso la posibilidad de aplicar con-
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Civil. También hemos de notar la compatibilidad, para una situación concreta entre la indemnización
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1 Aedo (2014), p. 705 ss.
2 Olivares con Fisco de Chile (2018).
REVISTA DE DERECHO - FACULTAD DE DERECHO UCSC
Nº 38, 2021, pp. 2 de 16

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