Comodato precario (acción de precario). Acción de precario (comodato precario). Acción de precario (tenencia de inmueble). Tenencia de inmueble (acción de precario) - Bienes - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo I - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 253339430

Comodato precario (acción de precario). Acción de precario (comodato precario). Acción de precario (tenencia de inmueble). Tenencia de inmueble (acción de precario)

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas159-160

Page 159

Corte de Apelaciones de Santiago 29 de agosto de 1980

LA CORTE

Vistos:

Se reproduce la parte expositiva, fundamentos 1° al 3º, eliminándose los restantes y citas legales de la sentencia en alzada y teniendo en su lugar y además presente:

  1. Que los supuestos de la acción de precario sin previo contrato son: a) el actor ha de ser dueño de la cosa cuya restitución demanda, b) el demandado

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    debe tener en su poder esa cosa, c) detentación de la cosa por éste sin título que la justifique y d) la tenencia de ella por ignorancia o mera tolerancia del dueño.

  2. Que el primero de los referidos supuestos aparece acreditado en autos con la copia de inscripción del inmueble reclamado,

  3. Que en lo relativo a la detentación del bien raíz por el demandado ello no se ha controvertido, puesto que las partes sólo difieren del antecedente que la justificaría.

  4. Que .en lo referente a la tenencia del inmueble objeto de la demanda sin título y por ignorancia o mera tolerancia del dueño, siendo este último un elemento indispensable que sirve de fundamento a la acción no se ha acreditado por el actor que ello sea así, ya que ninguna probanza ha producido al efecto, sin que la circunstancia alegada por el demandado de detentarlo en calidad de arrendatario, lo libere de tal obligación, pues es él quien sostiene que la detentación de la propiedad de Vicuña Mackenna 4112 la hace el Sr. Fernando Gálvez Olivares por su mera tolerancia, supuesto que lo convertiría en precario.

  5. Que en tal evento y faltando uno de aquellos elementos determinantes para que el comodato sea precario, como se pretende en la demanda, ella no puede prosperar por faltar uno de los presupuestos que harían procedente la acción...

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