Decreto 164 - CREA COMITES DE AREA PARA ASESORAR EL COMPONENTE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD Y CALIDAD DE LA EDUCACION SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243307554

Decreto 164 - CREA COMITES DE AREA PARA ASESORAR EL COMPONENTE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD Y CALIDAD DE LA EDUCACION SUPERIOR

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

CREA COMITES DE AREA PARA ASESORAR EL COMPONENTE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD Y CALIDAD DE LA EDUCACION SUPERIOR

Núm. 164.- Santiago, 29 de marzo de 2001.- Considerando:

Que, el Ministerio de Educación desarrolla su Programa de Mejoramiento de la Equidad y Calidad de la Educación Superior, en adelante el Programa Mecesup, el cual se financia y ejecuta conforme a lo dispuesto en Convenio de Préstamo celebrado entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Nº 4404-CH.

Que, la Comisión de Evaluación de la Calidad de Programas de Pregrado de Instituciones Autónomas de Educación Superior, en adelante CAP, creada por el decreto Nº 51 del Ministerio de Educación del año 1999, en el marco del Programa Mecesup, tiene por función desarrollar y poner en marcha procesos experimentales de evaluación acreditativa, destinados a promover la calidad de los Programas pertenecientes a Instituciones Autónomas de Educación Superior.

Que, para el desarrollo de los procesos de evaluación acreditativa, el Ministerio requiere contar con el apoyo de Comités Asesores denominados Comités de Area, los que se organizarán por disciplinas y se integrarán con expertos nacionales, que entreguen una asesoría de la más alta calidad.

Que, el Convenio de Préstamo celebrado entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Nº 4404-CH, señala en su artículo 3º sección 3.06 que el prestatario llevará a cabo el Proyecto de acuerdo con un manual de operaciones que parezca satisfactorio al Banco, texto que aprobado por el Banco de Reconstrucción y Fomento, en su Anexo Nº 6 punto 4.4 contempla las Comisiones Asesoras denominadas Comités de Area, cuya constitución se aprueba en virtud del presente acto administrativo.

Vistos: Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 10 inciso quinto, 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado, ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; ley Nº 18.956, Reestructura Ministerio de Educación Pública; ley 19.710, de Presupuesto del Sector Público; DS de Interior Nº 19, de 2001, y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.

D e c r e t o:

Artículo primero

Créanse, en el marco de ejecución...

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