Decreto 317 - CREA COMITÉ INTERMINISTERIAL DE RECONSTRUCCIÓN CON OCASIÓN DEL SISMO DE 27 DE FEBRERO DE 2010 - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238574586

Decreto 317 - CREA COMITÉ INTERMINISTERIAL DE RECONSTRUCCIÓN CON OCASIÓN DEL SISMO DE 27 DE FEBRERO DE 2010

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

CREA COMITÉ INTERMINISTERIAL DE RECONSTRUCCIÓN CON OCASIÓN DEL SISMO DE 27 DE FEBRERO DE 2010

Santiago, 11 de marzo de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 317.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 inciso 2º, 32 número 6, 33 inciso 3º y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 13 de diciembre de 2000; el decreto supremo Nº 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio de Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismo o catástrofe y sus modificaciones, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1) Que el grave sismo que afectó el 27 de febrero de 2010 a las Regiones de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O’Higgins, del Maule, del Bío Bío, de la Araucanía y Metropolitana produjo importantes pérdidas tanto en vidas humanas como de carácter material;

2) Que por lo anterior se dictaron los decretos supremos Nº 152 y Nº 153, ambos de 28 de febrero de 2010, por los cuales se dispuso Estado Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en las Regiones del Maule y del Bío Bío, respectivamente, y que con esta fecha se ha resuelto extender el referido estado de excepción constitucional, a la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins;

3) Que por decreto supremo Nº 150, de 27 de febrero de 2010, se "declara zona afectada por catástrofe las Regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O’Higglns, del Maule, del Bío Bío, de la Araucanía y Región Metropolitana";

4) Que para controlar la emergencia producida e iniciar la etapa de reconstrucción es necesario coordinar una gran cantidad de organismos y recursos, dependientes de distintos ministerios;

5) Que para lograr una adecuada coordinación se hace necesario que los distintos ministerios, organismos públicos y privados involucrados en las tareas de emergencia y reconstrucción, se integren a un comité del más alto nivel político y administrativo que permita enfrentar de...

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