Comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el proyecto de ley sobre la reforma laboral en derecho sindical y negociación colectiva de la ley 20.940 de 2016. Los conflictos que amenazan - Núm. 13, Enero 2017 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706806733

Comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el proyecto de ley sobre la reforma laboral en derecho sindical y negociación colectiva de la ley 20.940 de 2016. Los conflictos que amenazan

AutorCecily Halpern Montecino
Páginas37-72
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COMENTARIO A LA SENTENCIA
COMENTARIO A LA SENTENCIA
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
RECAÍDA EN EL PROYECTO DE LEY
RECAÍDA EN EL PROYECTO DE LEY
SOBRE LA REFORMA LABORAL EN
SOBRE LA REFORMA LABORAL EN
DERECHO SINDICAL Y NEGOCIACIÓN
DERECHO SINDICAL Y NEGOCIACIÓN
COLECTIVA DE LA LEY 20.940 DE 2016.
COLECTIVA DE LA LEY 20.940 DE 2016.
LOS CONFLICTOS QUE AMENAZAN
LOS CONFLICTOS QUE AMENAZAN
C
ECILY
H
ALPERN
M
ONTECINO
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ALPER N
M
ONTECINO
RESUMEN: Este trabajo comenta la sentencia del Tribunal Constitucional
(TC) (Roles 3016-3026/2016 acumulados) pronunciada con ocasión del re-
querimiento de inconstitucionalidad deducido respecto del proyecto de ley
sobre reforma laboral que “moderniza el sistema de relaciones laborales, intro-
duciendo modi caciones al Código del Trabajo”. (Actualmente aprobado como
ley de la República, bajo el Nº 20.940, de 2016.) Revisa los argumentos de los
requirentes en los cuatro capítulos de inconstitucionalidad deducidos, la doc-
trina y las decisiones contenidas en la resolución. Formula comentarios desde
una mirada crítica en aquellas materias más destacables debido a la polémica
que provocó. Evalúa posibles efectos de la sentencia de ese Alto Tribunal, a los
que se adicionan la problemática situación en la que quedó la ley, a causa del
veto presidencial supresivo recaído en ella. Se destaca la alta con ictividad de
la discusión legislativa y el impacto en el sistema de relaciones laborales, sobre
todo, en las futuras negociaciones colectivas
SUMARIO: I.- Introducción. 1.- Antecedentes normativos. 2.- Tramitación par-
lamentaria del proyecto de ley. II.- Argumentos esgrimidos por los requirentes
de inconstitucionalidad. III.- Observaciones del ejecutivo al requerimiento de
inconstitucionalidad. IV.- Análisis de las consideraciones y decisiones del fallo del
Tribunal Constitucional. 1.- Análisis respeto del Primer capítulo del requerimien-
to. 2.- Análisis respecto del Segundo Capítulo del Requerimiento. 3.- Análisis
respecto del Tercer Capítulo del Requerimiento. 4.- Análisis respecto del Cuarto
Capítulo del Requerimiento. V.- El Veto presidencial supresivo. VI.- Repercusio-
nes en el sistema de relaciones colectivas de trabajo. VII.- Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
Estas líneas pretenden otorgar una resumida visión del pronuncia-
miento del Tribunal Constitucional respecto del proyecto de ley
Sentencias Destacadas 2016
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(actualmente Ley Nº 20.940) que modi có el Código del Trabajo
y derogó totalmente su libro IV. Asimismo, procura advertir even-
tuales impactos en el mundo del trabajo, dentro de aquello que es
posible prever a la fecha1. No podemos obviar que dicha ley modi-
có también varias disposiciones relativas al derecho individual y
sindical contenidas en la anterior normativa laboral, cuya reforma,
creemos, no estará exenta de implicancias2.
Con el objetivo antes indicado se enunciarán, primeramente, una
síntesis de importantes preceptos que precedieron a este proyecto y
algunos antecedentes de la tramitación y discusión parlamentaria,
cuyo proceso legislativo tomó más de dos años. A continuación,
se expondrán, resumidamente, las argumentaciones de los cuatro
capítulos del requerimiento de inconstitucionalidad presentado por
un grupo de senadores y diputados. De igual forma, se harán breves
referencias –a modo de opinión personal– a las consideraciones que
tuvimos oportunidad de plantear ante el Tribunal Constitucional
en la audiencia pública citada para estos efectos, referentes al apar-
tado relativo a la titularidad sindical (primer capítulo), en cuanto
ello sea pertinente. Acto seguido, se analizarán los argumentos y
decisiones contenidas en la sentencia del Tribunal Constitucional
que resolvió el requerimiento. Finalmente, se comentará –concisa-
mente– el contenido básico de las observaciones que la Presidenta
de la República, doña Michelle Bachelet J., formuló en el veto
presidencial supresivo al proyecto de ley, remitido a la Cámara de
Diputados, con fecha 7 de mayo de 2016.
A consecuencia del mismo, el proyecto de ley sufrió ajustes que
se adicionaron a las normas antes ya suprimidas por efecto de la
sentencia del TC que, como se anticipó, acogió en parte el requeri-
miento de inconstitucionalidad. El resultado de tales incidentes en
la tramitación legal de este proyecto es el objeto de este comentario.
1
La ley que contiene la reforma laboral que se analiza en este trabajo se publicó en el
D.O. del 8 de septiembre de 2016, bajo el número 20.940. Sin embargo, su entrada
en vigencia está prevista para el 1 de abril de 2017, fecha posterior a la de la elabora-
ción de este texto.
2
Entre ellos es útil destacar que incrementó los criterios que cali can a un acto discri-
minatorio en materia de empleo o alteran la igualdad de oportunidades, elevándolos
ahora a 21 tipos de ellos (art. 2º CT, inciso cuarto reformado).
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Comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional… / Cecily Halpern Montecino
1. Antecedentes normativos
Nuestro país ha tenido permanente preocupación por establecer
relaciones laborales más armónicas y equilibradas a través de suce-
sivas reformas legales. Estos cambios continuos a la legislación han
provocado, por un lado, cierta incerteza jurídica en la contratación
en el sector. Por otro, han introducido mejoras necesarias en las
contraprestaciones que reciben los trabajadores por los servicios
contratados, en consonancia con la evolución económico-social del
país y constituye una de las características de la esencia del Derecho
del Trabajo.
Merecen destacarse dos textos normativos de consideración apro-
badas en el período del regreso de los gobiernos democráticos a
nuestro país: las leyes Nºs 19.069, de 1990 y 19.759 de 2001, am-
bas de numeroso articulado. Estos textos normativos modi caron
sustancialmente la legislación anterior relativa al Derecho Colecti-
vo, aprobada durante el régimen militar bajo la forma de Decretos
Leyes, que en el ámbito laboral se conoció bajo el rótulo del “Plan
Laboral”. El propósito de ambas reglamentaciones legales fue, en
forma especí ca, el de fomentar y facilitar la formación de organi-
zaciones sindicales y el incremento de los procesos de negociación
colectiva.
Cabe tener presente que, con respecto al proceso de fomento de la
constitución de entes sindicales, los preceptos vigentes en el Código
del Trabajo anterior a la última reforma laboral introducida por la
ley Nº 20.940 de 2016, relativos a los quórums exigidos para cons-
tituir sindicatos en empresas de más de 50 trabajadores era de 25
trabajadores, que representen a lo menos al 10% de los trabajadores
de la empresa y en aquellas de menos de 50 trabajadores autorizaba
constituirlos con 8 de ellos. La nueva ley mantiene la primera nor-
ma indicada, pero agrega que la representatividad –en este último
caso– debe ser a lo menos del 50%, lo que implica introducir una
demanda mayor a la pretérita, lo cual no deja de llamarnos la aten-
ción, si bien entendemos el propósito de la nueva exigencia3.
Según los datos de la última encuesta realizada por la Dirección del
Trabajo (año 2014), solo un 15,3% de los trabajadores se encuen-
tran sindicalizados, esto es, un total de 985.770 que pertenecen
3

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