Comentario coloquio sobre el bicentenario del Código CME el método de codificación - Núm. II, Enero 2005 - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 651160181

Comentario coloquio sobre el bicentenario del Código CME el método de codificación

AutorCarmen Domínguez H.
CargoDoctora en Derecho, profesora de Derecho Civil, Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas201-207
Daniela
Accatino
generales que hayau resistido a
la
prueba
de
la experiencia y el análisis
crítico,
al
contrapunto entre jurisprudencia y doctrina.
VII
En síntesis, a mi juicio, el método de codificación de Derecho Constante
mira efectivamente a producir ciertos efectos racionalizadores que justifi-
can su remisión a la tradición bicentenaria de los códigos. Esos efectos no
deberían, sin embargo, ser sobredimensionados. No
se
debería pensar, por
una
parte, que los nuevos códigos puedan asegurar
el
acceso público y
di-
recto al Derecho. No
se
debería suponer tampoco que todos los nuevos
códigos podrán cumplir funciones articuladoras equivalentes a la que han
cumplido
los
códigos tradicionales, cuya función como lex
generalisparece,
por otra parte, aconsejable mantener diferenciada.
200
COMENTARIO
COLOQUIO
SOBRE
EL
BICENTENARIO
DEL
CÓDIGO
CIVIL:
EL
MÉTODO
DE
CODIFICACIÓN
Cazmen
DOmÍnguezHidalgo'
1.
CUESTIONES
INTRODUCTORIAS
Agradecemos
la
invitación que nos formulara
la
Universidad Diego Porta-
les a participar en este coloquio sobre el bicentenario del
Código
Civil fran-
cés,
tercero al que
me
toca asistir en Chile, lo que
por
si
solo
es
revelador
de la intima conexión y adhesión que nuestro sistema jurídico tiene al fran-
cés,
y en especial, a su
Codeo
Aceptar esta invitación
ha
supuesto, ciertamente, un desafío: el de inten-
tar decir algo original en torno a un debate tan extenso y desarrollado
en
Francia como el que plantea
la
codificación y recodificación.
No obstante, las reflexiones contenidas en las exposiciones de los profe-
sores. Barros y Tapia, con las que
me
he
sentido claramente representada,
quizá ello
se
deba a la deformación del privatista -creo, más bien, que la de-
formación del razonamiento lógico sistemático- (aunque claro está del mé-
todo lógico sistemático de los privatistas podría agregar alguien) que con-
duce a mirar las cosas de un modo cercano en materia de codificación, me
impulsan a hacer este breve comentario.
La primera observación apunta a
la
importancia que presenta la revi-
sión de
tal
debate desarrollado
en
Francia, desde la perspectiva chilena:
el
interés de revisar una experíencia habida en otro sistema jurídico está no en
copiarla (como lamentablemente solemos entender en Chile que significa
hacer Derecho Comparado) sino confrontar sistemas para extraer lo bue-
no, justo y lógico, y descartar lo inútil.
Desde esta perspectiva, lo espléndido de este coloquio
es
que nos per-
mite anticiparnos a los problemas que la codificación y descodificación, de
un modo casi inevitable, plantean.
En
tal sentido,
el
debate existente en Fran-
cia nos obliga a extraer varias enseñanzas .
.
Doctora
en
Derecho,
profesora
de
Derecho
Civil,
Pontificia
Universidad
Católica
de
Chile.
201

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