Colegio de Abogados realiza cambios a reglamento disciplinario - 31 de Julio de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 646061225

Colegio de Abogados realiza cambios a reglamento disciplinario

Nueve artículos nuevos tiene el reglamento disciplinario, que contiene el texto refundido más las modificaciones, y que comienza a regir mañana. El objetivo es agilizar aún más el sistema que se creó en 2011 con un tribunal de ética, formado por los 19 consejeros y por entre 10 y 50 abogados colegiados, designados ad honorem por el Consejo General, por un período renovable de cuatro años, el que sanciona a los asociados.

El tribunal funciona en salas de tres o cinco miembros, elegidos por sorteo. Uno o dos de los integrantes de las salas es un consejero designado por el vicepresidente del Colegio de Abogados. Las audiencias son públicas, a menos que el tribunal resuelva lo contrario.

El procedimiento disciplinario -que se inicia de oficio por el abogado instructor, previa instrucción del Consejo General o por el reclamo presentado en contra de la conducta de un abogado, en su ejercicio profesional- no sufrió mayores cambios.

Una de las modificaciones es que se permite el desistimiento en cualquier estado del procedimiento, pero debe ser visado por el vicepresidente de la orden, quien lo aprobará o continuará de oficio con la tramitación si existe un "interés público o gremial".

Hay otro artículo que especifica las cinco razones por las cuales se puede declarar inadmisible la denuncia como, por ejemplo, el haber transcurrido más de dos años si los hechos no son constitutivos de falta disciplinaria. Además, la falta de comparecencia del denunciado no afectará su derecho a defensa en cualquier momento del procedimiento y hasta el cierre de la investigación.

Desde ahora también se podrá suspender la investigación -si lo propone el instructor al vicepresidente del gremio- cuando el caso sea indagado por el Ministerio Público. Sin embargo, una vez concluida esta instancia se iniciará nuevamente la causa.

En caso de que exista una condena contra el abogado reclamado, la causa ética se reabrirá y se podrá solicitar el sobreseimiento definitivo de la misma según el principio de non bis in idem, que prohíbe ser juzgado por los mismos hechos. Otra de las modificaciones apunta a especificar las inhabilidades de los jueces.

El vicepresidente del Colegio de Abogados, Pedro Pablo Vergara -de quien depende en la actualidad este procedimiento-, explicó que las modificaciones se realizaron debido a que durante los primeros cuatro años de vigencia "fuimos anotando las falencias que tenía el reglamento del 2011". Por eso, la orden creó una comisión de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR