Colegiatura ¿Obligatoria o no? - Núm. 6, Julio 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 873616263

Colegiatura ¿Obligatoria o no?

AutorFlorencio Bernales/Julián López
CargoSocio en Cariola, Díez y Pérez Cotapos/Socio en López, Escobar, Del Río y Leiva
Páginas8-10
Industria Legal
La principal razón de quienes promueven la
afiliación obligatoria es el control ético de las
personas en el ejercicio de la profesión, ya
que los Tribunales de Justicia han demostrado
no ser eficaces en dicha tarea ¿Es necesario
que exista ese control disciplinario, o en aras
de defender la libertad de las personas,
conviene dejarlas sometidas a su auto
control?
Efectivamente, los partidarios de la afiliación
obligatoria la justifican en el control ético, pero,
personalmente, creo importante señalar que el
punto sometido a votación del Consejo fue,
textualmente, si “¿Se debe establecer la
colegiatura obligatoria para ejercer la profesión de
abogado?”; en esa pregunta no hay referencia a
la ética profesional, sino simplemente se trata de
un requisito para trabajar como abogado.
Florencio, le tocó participar en la discusión
y votación efectuada en el Colegio de
Abogados, en la que se acordó proponerle
a la Convención Constitucional la
incorporación de la afiliación obligatoria a
la Nueva Constitución ¿Dimensionaron al
interior de ese consejo la repercusión que
tendría todo este tema? ¿Piensa que el
resultado de esa votación hubiera sido
distinto en caso de que los consejeros
hubieran previsto lo que ocurriría con la
decisión adoptada?
En primer lugar, es necesaria una precisión: lo
acordado, por 17 votos contra 1, siendo yo el voto
de minoría, no fue incorporar la afiliación
obligatoria directamente a nivel constitucional,
sino que “instar para que “[…]la Convención
disponga en la nueva Constitución que el
legislador podrá establecer la afiliación obligatoria
a un colegio profesional como condición previa
para ejercer ciertas profesiones, como la
profesión de abogado, sin que ello afecte el
derecho de asociación”. Nótese que el Acuerdo
se extiende a muchas otras profesiones
universitarias, cosa que no ha sido destacada
suficientemente.
Como se sabe, yo discrepo de ese Acuerdo,
entre muchas otras razones, porque no es
compatible con un derecho fundamental como la
libertad de asociación, no basta afirmar lo
contrario hay que demostrarlo en forma concreta.
Tampoco parece lógico que sea obligatorio pagar
cuotas a una asociación para poder ejercer una
profesión.
A título personal, mirando hacia atrás, me parece
evidente que el voto de mayoría no dimensionó las
repercusiones que tendría en la comunidad jurídica.
Sin embargo, estimo que ello no hubiera cambiado la
votación. Esos 17 consejeros son personas nobles
que guían sus decisiones en función de convicciones
y están muy convencidos que hicieron lo correcto. De
hecho, nadie ha propuesto revisar el Acuerdo.
Dicho lo anterior percibo que sí hay un mea culpa
en cuanto a no sociabilizar previamente el tema a
nivel de bases, y, luego, no comunicar bien el
Acuerdo una vez adoptado.
COLEGI
¿OBLIGATO
En los últimos meses se ha discutido
no de obligar a los abogados y a
profesional. Ello, a raíz del acuerdo ad
Abogados de Chile, con amplia ma
Constitucional la inclusión de la cole
Nueva Constitución. En ese contexto,
el tema, Florencio Bernales, en contra
López, a favor de ella. Aquí algu
materi
FLORENCIO BERNALES
Socio en Cariola, Díez y Pérez Cotapos

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