Cohecho: El delito que se pondrá a prueba en casos de financiamiento de la política - 28 de Marzo de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 631658241

Cohecho: El delito que se pondrá a prueba en casos de financiamiento de la política

La ex alcaldesa de Quilpue enfrentó dos juicio orales en 2008 y 2009. Pese a ser condenada en primera instancia, la intervención de la Corte Suprema determinó su destino -que finalmente fue su absolución en un segundo juicio oral-, fallo que marcó jurisprudencia y que hoy muchos examinan respecto a las exigencias probatorias.

¿El motivo? El máximo tribunal del país acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de Herrera tras estimar que la figura penal de cohecho (248 bis del Código Penal) requiere que el acusador demuestre que ese funcionario público que fue sobornado, incumplió u omitió sus deberes lo hizo con dolo directo, es decir que se demuestre que tuvo la voluntad de realizar el acto.

"La prueba del dolo en cuanto integrado por elementos psicológicos que yacen en la psique del sujeto activo del delito, ha de basarse en circunstancias -anteriores, coetáneas y posteriores al hecho, de todo orden- que demuestren al exterior el íntimo conocimiento y voluntad del agente, toda vez que como todo lo que se guarda en lo más profundo del ser anímico, solo puede probarse por una serie de datos que manifiesten la intención querida", dice el fallo.

La complejidad de probar entonces en un juicio este tipo penal y el conocimiento que tienen las defensas de esto hace que uno de los principales desafíos del Ministerio Público en los casos de financiamiento ilegal de la política sea probar en una instancia de fondo (juicio) que aquel político que fue beneficiado con aportes económicos a su campaña, además, lo hizo a cambio de beneficiar al empresario benefactor.

Acciones del cargo

En el caso Penta, por ejemplo, el escollo para el eventual acuerdo de procedimiento abreviado entre el fiscal regional metropolitano Oriente, Manuel Guerra, y las defensas de los principales imputados -los controladores del holding Carlos Eugenio Lavín, Carlos Alberto Délano y el ex subsecretario de Minería Pablo Wagner- es que justamente ninguno está por reconocer que hubo soborno y cohecho.

En esta investigación, ellos cuentan con una resolución judicial de primera instancia que los avala. El 31 de abril del año pasado, la jueza del 8° Juzgado de Garantía Alicia Rosende Silva -en el marco de la revisión de la prisión preventiva que afectaba a Wagner- se pronunció respecto a los antecedentes del cargo de cohecho levantado por la fiscalía.

Según la formalización del Ministerio Público, y la querella del Consejo de Defensa del Estado (CDE), el ex subsecretario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR