Código tributario y otras leyes - Núm. 93, Marzo 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 866721345

Código tributario y otras leyes

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas185-195
185
ESQUEMAS TRIBUTARIOS AÑO 2021
CODIGO TRIBUTARIO Y OTRAS LEYES
1. ¿Cuál es el plazo que tiene una sociedad para dar aviso de Inicio de
Actividades ante el SII?
El plazo que tiene todo contribuyente para dar aviso de Inicio de Actividades, incluidas
lassociedades,esdentrodelosdosmesessiguientesaaquelenqueseefectúe
cualquier acto de comercio u operación que se constituya en un elemento necesario
para la determinación de los impuestos periódicos que afecten a la actividad que se
desarrollará,oquegenereimpuestossegúnlodispuestoenelartículo68delDecreto
Ley N° 830 sobre Código Tributario.
2. ¿Cuál es la multa por no presentar el aviso de Inicio de Actividades dentro
del plazo estipulado en el Código Tributario?
Lamulta, en ese caso,uctúa entre una UnidadTributaria Mensual(UTM)y una
UnidadTributariaAnual(UTA),segúnloestablecidoenelartículo97,N°1,delDecreto
Ley sobre Código Tributario N° 830.
3. ¿Un menor de edad puede dar aviso de Inicio de Actividades y emitir boletas
de honorarios?
Sí, un menor de edad que desarrolle una actividad lucrativa puede dar aviso de Inicio
de Actividades y emitir boletas de honorarios, trámites tributarios que deberán ser
realizados por su representante legal, de acuerdo con las instrucciones impartidas
en la Circular N° 31, de 2007.
4. ¿Puede dar aviso de Inicio de Actividades un extranjero con su visa en trámite
y con permiso para trabajar en Chile?
No,un extranjero consu visa entrámitey con permisopara trabajar en Chileno
puededaravisodeIniciodeActividades,puesesunrequisitobásicoqueelextranjero
cuente con una visa que le permita desarrollar actividades en el país. Sólo cuando
elextranjeroposeasuvisaydeseerealizaractividadesdistintasalasdelartículoN°
42, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (empleado dependiente) deberá dar
aviso de Inicio de Actividades ante el SII.
5. ¿Qué requisito debe cumplir un extranjero residente en Chile para dar aviso
de Inicio de Actividades?
ParadaravisodeIniciodeActividadesunextranjeroresidenteenChiledebecontar
con:
a) CéduladeIdentidaddeExtranjeroobtenidaenChile.
b) Visa de residencia que le permita iniciar negocios o labores en el país, susceptibles
de producir rentas de Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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