Codigo Procesal Penal
| Autor | Cristian Maturana Miquel |
| Cargo del Autor | Director Departamento Derecho Procesal Facultad de Derecho de la Universidad de Chile |
| Páginas | 75-78 |
Page75
a. Comisión Diputados (1er. Inf): "El Código vigente y el que se propuso por el Gobierno se denominan "Código de Procedimiento Penal".
Es un hecho no controvertido que estos códigos no regulan ni establecen sólo normas de procedimiento. Por el contrario, suelen contener normas de jurisdicción, de competencia, de garantía para los justiciables, sobre relaciones entre los diversos sujetos e instituciones intervinientes, etc., todo lo cual conforma un universo normativo que excede con largueza al de los meros procedimientos. De ahí la tendencia moderna de llamarles códigos procesales. Como ejemplos, están el Código Procesal Penal de Argentina, el Código Procesal del Perú y el Código Procesal Civil de Costa Rica.
Al margen de la tendencia moderna, hay también un problema de contenido, por lo que no resulta arbitrario calificarlo de código procesal antes que de código de procedimiento.
Por todo lo expresado, se cambió la denominación propuesta por la de "Código Procesal Penal", que es la que se recoge en el moderno derecho comparado.
Esa denominación es, por lo tanto, la que se utiliza en el texto aprobado."1Page76
b. Comisión Senado (1er. Inf.): "El marco general en que se inserta este proyecto del nuevo Código Procesal Penal es el que ya fue aprobado por el Congreso Nacional mediante la reforma constitucional de 1997 (Ley 19.519 que introduce el Ministerio Público en la CPE), que consagró la idea de separar las funciones de investigación de los hechos delictivos y de juzgamiento de los mismos.
Ello explica que la denominación aprobada en el primer trámite constitucional sea "Código Procesal Penal" y no, como en la actualidad, "Código de Procedimiento Penal", puesto que no sólo regula propiamente el procedimiento que debe seguirse ante los tribunales de justicia, sino que también contempla otras reglas, en especial sobre la investigación que realizarán los fiscales del Ministerio Público."2
a. Comisión Diputados (1er. Inf.): "Si se observa el articulado del nuevo Código, se podrá ver que después de la palabra artículo y del número correspondiente a él...
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