Decisión nº C931-14, de Consejo de Transparencia de 23 de Julio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598806

Decisión nº C931-14, de Consejo de Transparencia de 23 de Julio de 2014

Fecha de Resolución23 de Julio de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN RECLAMO ROL C931-14

Entidad pública: Corporación Municipal de Deportes de La Pintana

Requirente: Claudia Pizarro Peña

Ingreso Consejo: 15.05.2014

En sesión ordinaria N° 539 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de julio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C931-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 15 de mayo de 2014, doña Claudia Pizarro Peña presentó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra de la Corporación Municipal de Deportes de La Pintana (CMD), fundado en que la información relativa al personal y sus remuneraciones; contrataciones; transferencias de fondos públicos; programas de susbsidios y otros beneficios; mecanismos de participación ciudadana; presupuesto asignado y su ejecución; y, entidades en que el organismo tiene participación, representación o intervención, no se encuentra disponible en forma permanente, se encuentra desactualizada e incompleta y el acceso a ella no es expedito.

2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: El 30 de mayo de 2014, la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia, revisó íntegramente la información de transparencia activa en el banner del organismo reclamado, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General No 11 (IG N°11) que este Consejo ha impartido sobre la materia.

Dicho proceso concluyó en un informe que reveló que los niveles de cumplimiento de las normas aludidas corresponden en general a un 0%.

Lo anterior, se debió a que el link "Transparencia Municipal", en la página web de la CMD de La Pintana (http://www.pintanadeportes.cl), no se encontraba disponible.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación el presente reclamo, informando de ello al Sr. Alcalde y Presidente de la Corporación Municipal de Deportes de La Pintana, mediante el Oficio N° 2673, de 26 de mayo de 2014, haciéndole presente el porcentaje de cumplimiento obtenido en el Informe de 30 de mayo de 2014, de la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia y, solicitando su pronunciamiento con respecto a la naturaleza jurídica de la CMD, señalando específicamente, si a su juicio, le son aplicables a ésta las normas de la Ley de Transparencia.

La Corporación Municipal de Deportes de La Pintana, a través del Oficio N° 52, recibido en este Consejo el de 13 de junio de 2014, presentó sus descargos y observaciones, señalando...

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