Clasificación sintética de los contratos (I) - Contratos. Tomo I - Doctrinas esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 232229557

Clasificación sintética de los contratos (I)

AutorMarcel Planiol
Cargo del AutorProfesor de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de París
Páginas63-66

Clasificación sintética de los contratos (I) 1

Marcel Planiol 2

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Aún no se ha intentado hacer ningún estudio de carácter general para buscar las relaciones que existen entre los diferentes contratos atendiendo á sus objetos y funciones diversas. No se ha hecho sino distinguir dos ó más categorías según tengan ó no un carácter dado. Así por ej., los contratos se denominan consensuales ó solemnes según sean las formas especiales que la ley impone á los contratantes para ligarse entre sí; á título gratuito ó a título oneroso según haya ó no cambio de prestaciones; conmutativos ó aleatorios según la naturaleza de las prestaciones, que pueden ambas estar fijadas por el contrato o estarlo solo una de ellas pudiendo la otra variar debido á alguna circunstancia futura.

Estas clasificaciones no son sino antítesis ó distinciones establecidas según una característica aislada. Es posible concebir otra que tenga un alcance sintético, que permita abarcar el conjunto de los contratos agrupados según sus semejanzas naturales y ver como esos diferentes instrumentos jurídicos desempeñan sus funciones económicas. ¿Tenemos tipos de contratos bastantes numerosos y bastantes variados para responder en realidad en toda su extensión á todas las necesidades prácticas?

¿Es posible inventar otros nuevos? y ¿por qué medios? Se puede contestar esta pregunta buscando el objeto ó propósito posible de todos los contratos que se pueden imaginar.

§ 1 De qué manera se clasifican los contratos

Las tres grandes familias de contratos. Todo contrato tiene por objeto un servicio que una persona pide á otra; pero como varía la naturaleza del servicio, se concibe que los contratos se reúnen en grupos diversos de la misma manera que los servicios que les sirven de objeto.

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En el orden lógico, el contrato primordial es aquel por el cual una persona se obliga á ejecutar un trabajo en provecho de otra; son, pues, los contratos relativos al trabajo humano los que van á formar la primera clase de contratos que tendremos que examinar.

En algunos casos el trabajo realizado se reduce á un esfuerzo insignificante que no guarda proporción con la importancia del servicio prestado: esto ocurre en todos los contratos que los economistas califican de cambios y que tienen por objeto la traslación de una cosa material, haciendo pasar de una persona á otra la facultad de utilizar esta cosa 3. Diremos que los contratos de esta...

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