Circular núm. IF 412 - Diario Oficial 07.10.2022
Autor | Ricardo Garrido C. |
Cargo | Abogado |
Páginas | 117-117 |
117
BENEFICIOS PREVISIONALES PARA
ENFERMOS TERMINALES
LEYES Y DECRETOS
CIRCULAR NÚM. IF 412
Diario Ocial 07.10.2022
MINISTERIO DE SALUD
INFORMA PRECIO QUE COBRARÁN LAS INSTITUCIONES DE SALUD
PREVISIONAL POR LAS GARANTÍAS EXPLÍCITAS EN SALUD APROBADAS
POR EL DECRETO SUPREMO Nº 72 DE 2022
(Circular) Núm. IF/412.- Santiago, 5 de octubre de 2022.
I. INFORMA PRECIO DE LAS GES
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 206 del DFL Nº 1, de 2005, de Salud,
por este acto se informan los precios que mensualmente las Instituciones de Salud
Previsional cobrarán a sus aliados y aliadas por cada persona beneciaria del
contrato, por las Garantías Explícitas en Salud aprobadas por el decreto supremo
Nº 72, de 2022, de los Ministerios de Salud y de Hacienda, publicado en el Diario
Ocial el día 1 de octubre de 2022.
Institución de Salud Previsional Precio Mensual por
Beneciario (UF)
Isalud Isapre de Codelco Ltda. 0,620
Colmena Golden Cross S.A. 0,930
Isapre Fundación 0,890
Isapre Cruz Blanca S.A. 1,228
Vida Tres S.A. 0,850
Nueva Mas Vida S.A. 1,290
Isapre Cruz del Norte Ltda. 0,255
Isapre Banmédica S.A. 0,830
Isapre Consalud S.A. 1,390
Esencial S.A. 0,800
II. VIGENCIA
La presente Circular entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el
Diario Ocial, momento a partir del cual se presumirá de derecho que los aliados a
las referidas Instituciones de Salud Previsional, han sido noticados del precio que
ellas cobrarán por las Garantías Explícitas en Salud a partir del 1º de octubre de 2022.
Adicionalmente, el texto de la presente Circular estará disponible en la página web
de la Superintendencia de Salud.
Comuníquese y publíquese.- Sandra Armijo Quevedo, Intendenta de Fondos y Seguros
Previsionales de Salud (S)
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