Circular N° 897 - Normativa - VLEX 698357853

Circular N° 897

Fecha09 Octubre 1995
EmisorSuperintendencia de Pensiones
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
C I R C U L A R N° 897
VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos
de Pensiones.
REF.: FIJA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA APLICACION EN
CHILE DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE PENSIONES Y SU
PROTOCOLO FINAL, SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA
REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA CON FECHA 5 DE MARZO DE 1993,
PROMULGADO POR DECRETO SUPREMO N 1378, DE 4 DE NOVIEMBRE DE
1993, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, Y PUBLICADO EN
EL DIARIO OFICIAL DE FECHA 7 DE ENERO DE 1994.
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
INDICE GENERAL
Introducción
Capítulo I: Trabajador con Residencia actual en Alemania y con cotizaciones en Chile.
1. Procedimiento General.
A. Presentación de la solicitud de pensión en Alemania.
B. Recepción de la documentación en la Superintendencia de A.F.P..
C. Proceso de Trámite de Pensión en la Administradora de Fondos de Pensiones en
Chile.
2. Pensión de Vejez.
1. Bono de Reconocimiento.
2. .Emisión del Certificado de Saldo.
3. Notificación del resultado de la solicitud de pensión.
4. Pago de la pensión
5. Certificación de supervivencia
3. Pensión de Vejez Anticipada.
1. Bono de Reconocimiento
2. Emisión de certificado de saldo.
3. Transacción del Bono de Reconocimiento
4. Notificación y pago de pensiones.
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
5. Certificación de supervivencia
6. Situación especial del artículo 14 del Convenio.
4. Pensión de Sobrevivencia.
1. Bono de Reconocimiento.
2. Financiamiento de la pensión.
3. Emisión del certificado de saldo.
4. Procedimiento de pago y notificación del resultado del proceso de pensión.
5. Cambio de modalidad de pensión
6. Acreditación de calidad de estudiante y estado civil.
7. Actualización de información
8. Certificación de supervivencia
5. Pensión de Invalidez.
A. Procedimientos administrativos que genera la recepción de una solicitud de pensión
de invalidez en Chile.
B. Procedimientos para dictaminar la invalidez
C. Exámenes Complementarios.
D. Procedimiento de reclamo del dictamen de invalidez ante la Comisión Médica
Central.
E. Procedimientos para determinar la pensión de invalidez transitoria y su notificación y
pago.
F. Reevaluación de los afiliados declarados inválidos conforme a un primer dictamen.
G. Procedimiento para determinar la pensión de invalidez definitiva, su notificación y
pago.

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