Circular N° 63 - Normativa - VLEX 698357821

Circular N° 63

Fecha26 Noviembre 2004
EmisorSuperintendencia de Pensiones
CIRCULAR Nº 63
VISTOS: Las facultades que confiere el artículo 34 de la Ley N° 19.728 a esta
Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento
obligatorio para la Administradora de Fondos de Seguro de Cesantía.
REF. : BASE DE DATOS DE AFILIADOS DEL SEGURO DE CESANTIA.
ÍNDICE
I. Disposiciones Generales 3
II. Descripción de Archivos y Normas Específicas. 3
III. Modificaciones a la Normativa vigente. 5
IV. Vigencia. 5
V. 6Anexo I: Información de los Afiliados al Seguro de Cesantía
VI. Anexo II: Errores del Informe de Afiliados al Seguro de Cesantía 37
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Superintendencia de AFP 2
I. Disposiciones Generales
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley N° 19.728 y con el objeto de
optimizar los procesos de fiscalización, efectuar estudios relacionados con el Seguro de
Cesantía y dar respuesta oportuna a los requerimientos de los trabajadores, la Base de Datos
de Afiliados del Seguro de Cesantía deberá contener la información que se define en el
siguiente capítulo.
II. Descripción de Archivos y Normas Específicas.
1. Con la finalidad antes señalada, la Administradora de Fondos de Cesantía (en adelante
AFC), a más tardar el día veinte de cada mes o hábil siguiente, deberá enviar a esta
Superintendencia, mediante los procedimientos que se definen en la Circular N° 39, los
archivos que a continuación se indican, ciñéndose a la descripción y especificaciones
técnicas incluidas en el Anexo I - Información de los Afiliados al Seguro de Cesantía,
de la presente Circular:
a) Archivo de Afiliados al Seguro de Cesantía: se conformará con los datos de todas
las personas que mantengan o hayan mantenido alguna cuenta individual por
cesantía en la A.F.C., incluyendo aquellas que se refieran a afiliados fallecidos,
pensionados y eliminados.
b) Archivo de Cuentas de Afiliados al Seguro de Cesantía: se conformará con los
datos de todas las cuentas que mantengan o hayan mantenido los trabajadores
afiliados al Seguro de Cesantía, incluyendo aquellas que se refieran a afiliados
fallecidos, pensionados y eliminados.
c) Archivo de Empleadores de los Afiliados al Seguro de Cesantía: se conformará con
los datos referidos a todos los empleadores que mantengan o hayan mantenido
alguna relación laboral con un afiliado.
d) Archivo de Saldos de las Cuentas de los Afiliados por Empleador: se conformará
con los tipos de saldos que mantiene el trabajador en la cuenta individual por
cesantía, esto es, saldo afiliado, saldo empleador, saldo disponible y saldo total.
e) Archivo de Movimientos de las Cuentas de los Afiliados por Empleador: se
conformará con los datos referidos a todos los tipos de movimientos registrados en
la cuenta individual de cada afiliado.
f) Archivo de Solicitudes de Beneficios de los Afiliados por Empleador: se
conformará con los datos referidos a todas las solicitudes de beneficios presentadas
por los afiliados o sus beneficiarios.
g) Archivo de Giros que Originan las Solicitudes: se conformará con los datos
referidos a cada uno de los giros realizados a los afiliados o sus beneficiarios.
h) Archivo de Relaciones Laborales de los Afiliados con los Empleadores: se
conformará con los datos referidos a los vínculos laborales que existen o hayan
existido entre afiliados y empleadores.
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Superintendencia de AFP 3

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