Circular Nº 2263 de Superintendencia de pensiones, 01-09-2022 - Normativa - VLEX 910035893

Circular Nº 2263 de Superintendencia de pensiones, 01-09-2022

Número de circular2263
Fecha01 Septiembre 2022
CIRCULAR N° 2263
VISTOS:
Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
REF:
DETERMINA TABLA DE INTERESES A APLICAR POR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS
DE PENSIONES PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° Y EL 30 DE SEPTIEMBRE
DE
2022.
APLICABLE A COTIZACIONES SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO N°28 DE
LA LEY N°
21.227, DEL 06 DE ABRIL DE 2020.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 21.227, los empleadores que, durante la vigencia
de las normas del título I de la ley, no hubieren pagado dentro del plazo legal la cotización obligatoria
establecida en el artículo 17, la comisión destinada al financiamiento de la administradora que se señala
en el inciso tercero del artículo 29 y la destinada al financiamiento del seguro a que se refiere el artículo
59, todos del decreto ley N°3.500, de 1980, y las pagaren dentro de la vigencia de dicho Título o dentro
de los veinticuatro meses posteriores a su término, se les aplicará la reajustabilidad nominal del promedio
de los últimos 12 meses de todos los fondos, si esta fuere positiva, que se determinará calculando el
promedio ponderado de la rentabilidad de todos ellos, de acuerdo a la proporción que represente el valor
total de las cuotas de cada uno, en relación con el valor de las cuotas de todos los fondos del último día
del mes anterior.
Por lo tanto, la Tabla de Intereses aplicable a las cotizaciones que se paguen con retraso dentro del
período comprendido entre el y 30 de septiembre de 2022, será la que se indic a en el anexo a esta
Circular.
TASA A UTILIZAR EN EL MES DE
SEPTIEMBRE
DE 2022.
:
RENTABILIDAD NOMINAL DE LOS ULTIMOS 12 MESES PROMEDIO
DE TODOS LOS TIPOS DE FONDOS DE PENSIONES, PARA EL
PERIODO AGOSTO 2021 – JULIO 2022 CORRESPONDIENTE A UN
7,02% ANUAL.
OSVALDO MACÍAS MUÑOZ
Superintendente de Pensiones
SANTIAGO, 29/08/2022

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