Circular N° 1551 - Normativa - VLEX 698357605

Circular N° 1551

Fecha01 Octubre 2008
EmisorSuperintendencia de Pensiones
STTPERINTENDENCIA DE PENSIONES
ST]PERINTEI\DENCIA DE BAI\C OS
E INSTITUCIONES FINANCIERAS
ST]PERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGITROS
SERVICIO DE IMPT]ESTOS INTERNOS
VISTOS:
REF:
1551
C IRCT]LAR NO
CIRCULARN. 3.449
NORMA DE CANÁCTNN
GE¡{ERAL No o r
.28
RESOLUCIÓN NO 116
Lo dispuesto en los artículos 6o y 70, de la Ley Orgánica del Servicio de
Impuestos Internos, contenida en el artículo 1 del DFL No. 7, de 1.980, del
Ministerio de Hacienda; las facultades que establece el artículo 60, inciso
primero, del Cédigo Tributario, contenido en el artículo L del DL No. 830, de
1974; el artículo 42bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y los artículos 20 L
y 20 O del Decreto Ley No 3.500, agregados por el artículo 9L No 13 de la Ley N"
20.255, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2008, se imparten las
siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las
Administradoras de Fondos de Pensiones, Instituciones Autorizadas e Instituto
de Preüsión Social.
Forma y plazo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones e
Instituciones Autorizadas deben remitir al Servicio de Impuestos Internos, la
información para la determinación del monto de la bonificación que establece el
artículo 20 O del Decreto Lev No 3.500 de 1980.

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