Circular N° 1300 - Normativa - VLEX 698357241

Circular N° 1300

Fecha23 Junio 2004
EmisorSuperintendencia de Pensiones
CIRCULAR N° 1300
VISTOS: Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos
de Pensiones.
REF.: BENEFICIOS GARANTIZADOS POR EL ESTADO: NORMAS PARA QUE
LAS ADMINISTRADORAS REQUIERAN EL BENEFICIO. MODIFICA LA
CIRCULAR N° 661.
INTRODUCE LA SIGUIENTE MODIFICACION A LA CIRCULAR N° 661
Reemplácese el Anexo N° 8–A de la citada Circular, que dice relación con el procedimiento para la
verificación de cotizaciones, pensiones y rezagos, que deben realizar las Administradoras, para los
beneficiarios y potenciales beneficiarios de Garantía Estatal, por el Anexo N° 8–A que se adjunta a
la presente Circular.
La presente modificación entrará en vigencia a contar del 1 de agosto de 2004.
ANDRES CUNEO MACCHIAVELLO
Superintendente Subrogante de A.F.P.
Santiago, 23 de JUNIO de 2004.

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