Circular N° 1016 - Normativa - VLEX 698357413

Circular N° 1016

Fecha06 Abril 1998
EmisorSuperintendencia de Pensiones
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE PENSIONES
CIRCULAR N° 1016
VISTOS: Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes
instrucciones de cumplimiento obligatorio, para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
REF.: INVERSIONES DE LOS FONDOS DE PENSIONES Y ENCAJE EN
INSTRUMENTOS FINANCIEROS, MODIFICA CIRCULAR NÚMERO 621.
I Sustitúyese el primer párrafo del número 11, “Inversión en el extranjero”, de la letra C,
”Diversificación del Fondo de Pensiones por Emisor”, por el siguiente:
La inversión con recursos del Fondo en instrumentos extranjeros de un mismo emisor,
señalados en las letras b.,c.,d.,e.,f.,h., e i. del número 14 de la letra A de la presente Circular,
más los saldos de las cuentas corrientes tipo 3, no podrá exceder de:
0,005xVF “.
II. VIGENCIA
Las normas establecidas en la presente Circular comenzarán a regir a contar desde esta
fecha.
JULIO BUSTAMANTE JERALDO
Superintendente de A.F.P.
SANTIAGO, Abril 06 de 1998

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR