Circular Nº 768 del Banco Central de Chile, 23 enero 2002
Fecha de publicación | 23 Enero 2002 |
Año | 2002 |
Número de circular | 768 |
Santiago, 23 de enero de 2002.
CIRCULAR N° 768
Aprueba nuevo Compendio de Normas de
Cambios Internacionales y nuevo Manual de
Procedimientos y Formularios de Información del
Compendio de Normas de Cambios
Internacionales.
_______________________________________
ACUERDO N° 961-04-020117
Señor Gerente:
Me permito comunicarle que el Consejo del
Banco Central de Chile, en su Sesión N° 961, celebrada el 17 de enero de 2002, acordó lo
siguiente:
I. Reemplazar, a contar del 1° de marzo de 2002, el Compendio de Normas de Cambios
Internacionales, por el que se acompaña a la presente Circular.
II. Reemplazar, a contar del 1° de marzo de 2002, el Manual de Procedimientos y
Formularios de Información del Compendio de Normas de Cambios Internacionales, por
el que se acompaña a la presente Circular.
Saluda atentamente a usted,
Jorge Carrasco Vásquez
Ministro de Fe (S)
Incl. lo citado
AL SEÑOR
GERENTE DEL BANCO
PRESENTE
COMPENDIO DE NORMAS DE
CAMBIOS
INTERNACIONALES
INDICE GENERAL
Hoja N° 1.-
Acuerdo N° 961-04-020117 – Circular N° 768
COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES
INDICE GENERAL
CAPITULO I Disposiciones Generales.
CAPITULO II De las limitaciones cambiarias.
CAPITULO III Normas relativas a las personas jurídicas autorizadas para formar parte
del Mercado Cambiario Formal distintas de las empresas bancarias.
CAPITULO IV Del pago del valor obtenido por las operaciones de exportación.
CAPITULO V Del pago del valor obtenido por las operaciones de importación.
CAPITULO VI Normas y procedimientos para la canalización de operaciones a través
del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos (ALADI).
CAPITULO VII Operaciones de cambios internacionales realizadas por las compañías de
seguros y reaseguros establecidas en Chile.
CAPITULO VIII Normas relativas a operaciones de cambios internacionales no reguladas
en capítulos específicos de este compendio.
CAPITULO IX Operaciones con “Instrumentos Derivados”.
CAPITULO X Garantías otorgadas en moneda extranjera, por o a favor de personas
domiciliadas o residente en Chile, distintas de las empresas bancarias.
CAPITULO XI Normas y condiciones generales para las convenciones a suscribir con
fondos de inversión de capital extranjero, Ley N° 18.657.
CAPITULO XII Inversiones, depósitos y créditos que personas domiciliadas o residentes
en Chile, que no sean empresas bancarias realicen u otorguen al exterior
y operaciones efectuadas al amparo del Título XXIV de la Ley N° 18.045.
CAPITULO XIII Normas aplicables a los créditos, inversiones y garantías que realicen las
empresas bancarias establecidas en Chile.
CAPITULO XIV Normas aplicables a los créditos, depósitos, inversiones y aportes de
capital provenientes del exterior.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba