Circular 3619. Evaluación o estudio de puesto de trabajo general modifica el título iii. Calificación de enfermedades profesionales del libro iii. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes, y el título i. Sistema nacional de información de seguridad y salud en el trabajo (sisesat) del libro ix sistemas de información. Informes y reportes, del compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley n°16.744. - Normativa - VLEX 876708744

Circular 3619. Evaluación o estudio de puesto de trabajo general modifica el título iii. Calificación de enfermedades profesionales del libro iii. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes, y el título i. Sistema nacional de información de seguridad y salud en el trabajo (sisesat) del libro ix sistemas de información. Informes y reportes, del compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley n°16.744.

Sentido del falloInstruye
Fecha28 Septiembre 2021
Receptor- mutualidades de empleadores - instituto de seguridad laboral - empresas con administración delegada
Normativa aplicadaartículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N° 16.395; artículos 12 y 72 de la Ley N° 16.744; D.S. N°18, de 2020, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el Reglamento del artículo 152 quáter M del Código del Trabajo;D.S. N°15, de 2020, del Ministerio de Salud; Título VI del D.S. N°40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)
AU08- 2019-03251
AU08- 2021-01173
CIRCULAR N° 3.619
SANTIAGO, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
EVALUACIÓN O ESTUDIO DE PUESTO DE TRABAJO GENERAL
MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL
LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES
PERMANENTES, Y EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT) DEL LIBRO IX SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL
SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
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La Superintendencia de Seguridad Social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°,
3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y los artículos 12 y 72 de la Ley N°16.744, ha estimado pertinente
modificar las instrucciones impartidas en el Título III. Calificación de enfermedades profesionales del
Libro III. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes, y en el Título I. Sistema
Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT) del Libro IX Sistemas de
Información. Informes y Reportes, ambos del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.
I. INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES AL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE
ENFERMEDADES PROFESIONALES, DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
DE INCAPACIDADES PERMANENTES:
1. Modifícase el número 4. Evaluación de condiciones de trabajo, del Capítulo IV. Proceso de
calificación, de la Letra A. Calificación de enfermedades profesionales, en los siguientes términos:
a) Reemplázase en el segundo párrafo del encabezado, la expresión “protocolos de vigilancia
elaborados por el Ministerio de Salud” por “programas de vigilancia”.
b) Incorpórase en la letra a) Estudio de puesto de trabajo (EPT), el siguiente párrafo final:
“Los protocolos de las enfermedades de salud mental y de las patologías músculo esqueléticas
de extremidad superior (MEES) tienen formatos específicos para la realización del EPT, los que
se especifican en cada protocolo, de acuerdo con las instrucciones de las Letras B y C de este
Título. Para el resto de las patologías, se deberá utilizar un formato con los elementos mínimos
señalados en el Anexo N°31 “Instructivo para evaluación de puesto de trabajo general” de la
Letra H de este Título.”.
2. Modifícase el número 3. Evaluaciones de condiciones de trabajo, del Capítulo II. Normas
especiales del proceso de calificación, de la Letra D. Protocolo de patologías dermatológicas, de
la siguiente forma:
a) Reemplázanse las expresiones: Anexo N°21 ‘Estudio de Puesto de Trabajo para Dermatitis de
Contacto” y Anexo N°22 Historial de exposición ocupacional a radiación UV de origen solar,
por la expresión: Anexo N°31 Instructivo para evaluación de puesto de trabajo general.
b) Incorpórase en los párrafos segundo y tercero, entre las expresiones “este instrumento” y
“deberá tener una duración”, la expresión “en este tipo de enfermedades”.
c) Elimínase en la primera oración del párrafo tercero, la expresión , con su instructivo adjunto”.
3. Reemplázase en el número 3. Evaluaciones de condiciones de trabajo, del Capítulo II. Normas
especiales del proceso de calificación, de la Letra E. Protocolo patologías de la voz, la expresión:
Anexo N°24 Evaluación de riesgo para patologías de la v oz, por Anexo N°31 “Instructivo para
evaluación de puesto de trabajo general”.
4. Modifícase la Letra H. Anexos, en los siguientes términos:
a) Incorpórase el Anexo N°31 “Instructivo para evaluación de puesto de trabajo general”.
b) Elimínanse los Anexos: Anexo N°21 “Estudio de Puesto de Trabajo para Dermatitis de
Contacto”, Anexo N°22 Historial de exposición ocupacional a radiación UV de origen solary
Anexo N°24 "Evaluación de riesgo para patologías de la voz”.
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II. INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES EN EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL
DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT) DEL LIBRO IX.
SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES.
1. Reemplázase el contenido del Capítulo XII. Documento electrónico de evaluación de puesto de
trabajo, de la Letra B. Módulo de accidentes y enfermedades profesionales, por el siguiente:
Corresponde al documento electrónico de la evaluación de puesto de trabajo para la
calificación del origen de la enfermedad denunciada, de acuerdo a lo instruido en el Título III
del Libro III.
1. Contenido del documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo
El documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo deberá ajustarse al formato
establecido en el Anexo N°47 Documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo en
enfermedad músculo esquelética", el Anexo N°48 Documento electrónico de evaluación de
puesto de trabajo en enfermedad de salud mental y el Anexo N°59 “Documento electrónico
de evaluación de puesto de trabajo general”, todos de la Letra H, del Título I de este Libro IX,
según se trate de una enfermedad músculo esquelética, de salud mental u otra patología,
respectivamente.
2. Plazo de remisión del documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo
El documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo deberá remitirse
conjuntamente con el documento RECA, en el plazo instruido en el número 4. Plazo de
remisión de la RECA al sistema, del Capítulo VI, Letra B, del presente Libro IX..
2. Modifícase la Letra H. Anexos, de la siguiente manera:
a) Incorpórase el Anexo N°59 Documento electrónico de evaluación de puesto de trabajo
general”.
b) Reemplázase en el Anexo N°46 “Documento electrónico de evaluación médica inicial en
enfermedad de salud mental”, en la Zona “Motivo de Consulta”, el listado de la columna
“Validación” de la glosa “Riesgo Laboral”, por la siguiente nueva lista:
“1. Sobrecarga
2. Subcarga
3. Ausencia de descansos
4. Tareas excesivamente rutinarias
5. Exigencias psicológicas del trabajo
6. Ambigüedad o conflicto de roles
7. Limitación del trabajador de regular el ritmo de trabajo
8. Limitación del trabajador de tomar decisiones con su trabajo
9. Limitación del trabajador de regular permisos o vacaciones
10. Carencia de utilización de habilidades del trabajador
11. Ausencia de apoyo social de la empresa
12. Ausencia de capacitación periódica
13. Conflictos interpersonales recurrentes
14. Condiciones organizacionales hostiles
15. Disfuncionalidad de la jefatura
16. Hostilidad de la jefatura
17. Asedio sexual
18. Condiciones físicas o ergonómicas deficientes
19. No se identifica factor de riesgo laboral.

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