Circular 3508. Evaluación de puesto de trabajo en enfermedad músculo esquelética de extremidad superior modifica el título iii. Calificación de enfermedades profesionales del libro iii. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes del compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley n°16.744 - Normativa - VLEX 844645885

Circular 3508. Evaluación de puesto de trabajo en enfermedad músculo esquelética de extremidad superior modifica el título iii. Calificación de enfermedades profesionales del libro iii. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes del compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley n°16.744

Sentido del falloInstruye
Fecha09 Abril 2020
ReceptorOrganismos administradores de la ley n°16.744; empresas con administración delegada.
Normativa aplicadaArtíuclos 2, 3, 30, 38 letra d), de la Ley Nº 16.395; Artículo 12 de la Nº 16.744
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)
AU08- 2019-03251
AU08-2020-00772
CIRCULAR N° 3508
SANTIAGO, 9 DE ABRIL DE 2020
EVALUACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO EN ENFERMEDAD MÚSCULO
ESQUELÉTICA DE EXTREMIDAD SUPERIOR
MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL
LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES
PERMANENTES DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY
N°16.744
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La Superintendencia de Seguridad Social, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°, 3°,
30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, ha estimado pertinente modificar
las instrucciones contenidas en el tulo III. Calificación de enfermedades profesionales del Libro III.
Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes, del Compendio de Normas del Seguro
Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744.
I.
INTRODÚCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES EN EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE
ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
DE INCAPACIDADES PERMANENTES:
1. Modifícase la Letra B. Protocolo de patologías músculo esqueléticas de extremidad superior
(MEES), de la siguiente forma:
1.1. Modifícase la tabla del número 2. Patologías a las que aplica este protocolo, del Capítulo I.
Aspectos Generales, del siguiente modo:
a) Incorpórase la expresión “y dedos” a continuación de la expresión “Tendinitis de
extensores de muñeca”.
b) Incorpórase la expresión “y dedos” a continuación de la expresión “Tendinitis de flexores
de muñeca”.
1.2. Modifícase el número 3. Evaluaciones de condiciones de trabajo propias de patologías
MEES, del Capítulo II. Normas especiales del proceso de calificación de las patologías MEES,
del siguiente modo:
a) Reemplázase en el primer párrafo, la expresión “la sospecha clínica” por “el diagnóstico”.
b) Reemplázase el actual segundo párrafo, por el siguiente:
“El estudio del puesto de trabajo deberá ser realizado por un kinesiólogo o terapeuta
ocupacional. También podrá efectuarlo otro profesional con, a lo menos, 3 años de
experiencia en EPT para enfermedades músculo-esqueléticas de extremidad superior.
Todos ellos deben ser capacitados en el uso específico de estos formatos. Se considerará
capacitado en el uso específico del EPT, quienes hayan aprobado un curso de 32 o más
horas, de las cuales, al menos 16, deben corresponder a la aplicación supervisada de este
instrumento. La capacitación deberá ser actualizada cada 3 años.”
c) Reemplázase el actual párrafo tercero, por el siguiente:
Los organismos administradores deberán diseñar, en forma conjunta, un curso de
capacitación online para el uso de los EPT, con un componente tutorial, el que deben
poner a disposición de los profesionales encargados de efectuar los EPT. Este curso
servirá de material de consulta para dichos profesionales y podrá reemplazar la parte
teórica de la capacitación señalada en el párrafo anterior.”.
d) Elimínase el actual párrafo cuarto.
2. Modifícase la Letra H. Anexos, de la siguiente forma:
Reemplázanse los anexos: Anexo N°13 "Exámenes obligatorios para el estudio de patologías
MEES" y Anexo N°14 "Instructivo y Formatos de estudio de puesto de trabajo por sospecha de
patología MEES", por los que se adjuntan a la presente circular.
3
II.
VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por esta circular entrarán en vigencia a partir del de octubre de
2020.
III.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Dentro del plazo de 45 días, contado desde la fecha de la publicación de la presente circular, los
organismos administradores deberán remitir a esta Superintendencia, un plan de trabajo para la
implementación del curso online señalado en la letra c) del punto 1.2 del Capítulo I precedente.
CLAUDIO REYES BARRIENTOS
SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL
PSA/PGC/JAA/VNC/PGB/RST
DISTRIBUCIÓN:
(Adjunta 2 Anexos)
- Organismos administradores de la Ley N°16.744
- Administradores delegados
Copia informativa:
- Departamento Contencioso
- Departamento de Supervisión y Control
- Departamento de Tecnología y Operaciones
- Unidad de Prevención y Vigilancia
CLAUDIO
LAUTARO REYES
BARRIENTOS
Firmado digitalmente
por CLAUDIO LAUTARO
REYES BARRIENTOS
Fecha: 2020.04.09
18:24:49 -04'00'

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