Chile determina límite exterior de su plataforma continental de 200 millas marinas desde punta Puga a islas Diego Ramírez - 28 de Agosto de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 875168623

Chile determina límite exterior de su plataforma continental de 200 millas marinas desde punta Puga a islas Diego Ramírez

En lo que marca un hito en materia de derechos soberanos de Chile respecto de su plataforma continental, ayer se publicó una actualización de la Carta Náutica que establece áreas jurisdiccionales marítimas nacionales.En el Diario Oficial se dio a conocer el Decreto Supremo N° 95 del Ministerio de Relaciones Exteriores por el cual Chile determina el límite exterior de su plataforma continental de 200 millas marinas (M) desde punta Puga a islas Diego Ramírez que se extiende por el sur hacia el este del meridiano Cabo de Hornos.Como señala el decreto supremo firmado por el Presidente Sebastián Piñera; el ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, y el ministro de Defensa, Baldo Prokurica, el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) actualizó la Carta Náutica N° 8, en la cual se señalan las zonas jurisdiccionales marítimas nacionales.A la fecha, Chile no había ilustrado gráficamente su plataforma continental en la zona de punta Puga hacia el sur.Autoridad Internacional de los Fondos MarinosChile es parte de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar).En esas condiciones, la Convemar requiere que los Estados ribereños depositen ante el secretario general de las Naciones Unidas las cartas que describan el límite exterior de su plataforma continental.Por esta razón, la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA, por sus siglas en inglés) solicitó a Chile en marzo de 2020 que enviara sus cartas o una lista de coordenadas geográficas indicando el límite exterior de la plataforma.Según explican en Cancillería, más allá de ese límite exterior, los recursos minerales del suelo y subsuelo son patrimonio común de toda la humanidad, administrado por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, la que puede autorizar la exploración y explotación del fondo marino.Por ello es clave que Chile haya determinado hasta dónde se extiende su plataforma continental, pues el Estado ribereño tiene derechos exclusivos a los efectos de la exploración y explotación de los recursos naturales de la plataforma.Conforme al derecho del mar, los Estados, por el solo hecho de tener costa, poseen una plataforma continental de 200 M. Si la plataforma continental geomorfológica excede las 200 M, los Estados pueden probar su existencia ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC).Anteriormente se había abierto una polémica cuando Argentina, en 2009, presentó su informe de plataforma continental...

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