Certificado (2) - Práctica Forense (materia civil) - Contratos - VLEX 903511440

Certificado (2)

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022
62
POR TANTO,
y a fin de reconstituir el expediente,
RUEGO A US.: se sirva ordenar que se certifique, por el señor Secretario, al pie, la
efectividad de que los autos mencionados se encuentran extraviados.
46.- Certificado (2).
El Secretario Titular del .... Juzgado en lo Civil de la ciudad de ..........., que
suscribe, a petición verbal del Abogado don ..................... , certifica, en los autos Rol
Nº............, seguidos por don ......................., representado por el Abogado don
.................................., en contra de don .............................., representado por el
Abogado don ......................... , lo siguiente:
Con fecha ..... de ................. de 20 , y en relación con la solicitud de la parte del
demandante(dado), sobre ..................., el Sr. Magistrado Titular, don ............... , dictó
la siguiente resolución, que rola a fs. ...... del cuaderno principal: (Se copia la
resolución completa, incluyendo fecha y mención de las firmas; o la parte que
interesa, si ella es larga).
La resolución anterior fue notificada, a las partes, por el estado diario, con fecha
..... de ................ en curso.
La cuantía del asunto es $.................
En ................., a .... de .............. de 20...
Nombre, firma y timbre del secretario
*- Si la resolución no es del cuaderno principal, se dirá de cuál es.
-
Si la sentencia no es definitiva, se dirá de qué resolución se trata.
-
Si se trata de una sentencia definitiva o de una resolución extensa, se incluye, en
el certificado, la parte resolutiva.
En materia civil, de menores, laboral, policía local y otros (no en materias
penales), es conveniente que la certificación contenga la cuantía del asunto, pues,
en caso contrario, para proveer el recurso, puede la Corte exigir tal certificación. El
certificado para interponer recurso de queja aludido, puede darse a petición verbal
o escrita del apoderado del recurrente; o de su Abogado.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR