Causa Nº 8991-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 09/07/2018
Juez | Maria Eugenia Sandoval Gouet,Arturo Jose Prado Puga,Sergio Muñoz G.,Pedro Pierry A.,Diego Antonio Munita Luco |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 8991-2018 |
Fecha | 09 Julio 2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, nueve de julio de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de
sus fundamentos quinto y siguientes, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Primero: Que, según ha quedado consignado en el fallo
que se revisa y se colige del mérito de los antecedentes
aportados, por Decreto 647, de 25 de junio de 2003, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se dispuso la
expulsión del país del extranjero recurrente. Tiempo
después, en 2013, aquél solicitó ante la autoridad
recurrida la reconsideración de la medida, la que fue
desestimada mediante Decreto 373, de primero de febrero del
año en curso.
Segundo: Que si bien resulta efectivo que, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 15, 17 y 84
del Decreto Ley 1094, de 1975, que Establece Normas Sobre
Extranjeros en Chile, el Ministerio del Interior está
facultado para expulsar del territorio nacional a un
foráneo en las hipótesis que el mismo cuerpo legal
específica, y que, en lo que concierne a éstas, la
actuación del recurrido no parece reprochable, es también
cierto que tales disposiciones no constituyen el único y
suficiente marco jurídico al cual debe ajustarse la
actuación del mencionado órgano.
WCPTFXFKLJ
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