Causa Nº 8310-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 04/12/2018
Juez | Gloria Ana Chevesich Ruiz,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Marcelo Doering Carrasco,Rosa Maria Leonor Etcheberry Antonio Barra Rojas Court |
Sentido del fallo | RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M) |
Recurso número | CV04-(Civil) Casación Fondo |
Número de expediente | 8310-2018 |
Fecha | 04 Diciembre 2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Casación Fondo |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por la demandante contra la sentencia dictada por la Corte de
Apelaciones de Santiago, que revocó la de mérito y rechazó la demanda de
indemnización de perjuicios y cumplimiento contrato de arrendamiento.
Segundo: Que en el arbitrio se denuncian infringidos los artículos 1545,
1560 y 1566 del Código Civil y 19 de la Ley N° 18.101, porque se calificó el
contrato de leasing, no obstante que no concurren sus presupuestos y que la
voluntad declarada de las partes fue celebrar uno de arrendamiento, lo que llevó a
estimar que la entrega del inmueble no era una obligación esencial, cuyo
incumplimiento debía ser reparado mediante la correspondiente indemnización,
entendiendo que asumió bajo su riesgo la circunstancia de que pudiera estar
ocupado por terceros; conclusión que es producto de la falta de aplicación de la
regla prevista en el inciso segundo del artículo 1566 del Código Civil y que afecta
los derechos fundamentales de todo contratante, en particular, el de propiedad,
además de vulnerar la irrenunciabilidad que establece el artículo 19 de Ley N°
18.101, ocasionando un enriquecimiento sin causa en el demandado. Solicita se
invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que rechace la
demanda.
Tercero: Que la sentencia impugnada tuvo por acreditados los siguientes
hechos:
1.- Con fecha 27 de junio de 2014, Inmobiliaria, Inversiones y Constructora
Henríquez y Silva Sociedad Anónima, hoy Inmobiliaria El Legado Ltda., en calidad
de arrendataria, y Scotiabank Chile, en calidad de arrendador, celebraron un
contrato denominado “Contrato de Arrendamiento inmobiliario Nº1950001”, en el
que acordaron que el arrendador, por expresas instrucciones de la primera y con
el exclusivo objeto de entregárselo en arrendamiento con opción de compra,
adquiriría para sí el inmueble ubicado en Avenida Tucapel 2615, correspondiente
al lote 32-B del plano del loteo del fundo Reffigny, comuna de La Pintana, contrato
que tendría una vigencia de 61 meses, pagándose una renta inicial de 1451
Unidades de Fomento y sesenta rentas iguales, mensuales y sucesivas
equivalentes a 186 Unidades de Fomento; además, dejaron constancia que la
entrega se hacía con la misma fecha del contrato, a entera satisfacción y
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