Causa Nº 822-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 20/08/2018
Juez | Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera,Juan Manuel Muñoz Pardo,Ministros Suplentes Julio Miranda L.,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Arturo Jose Prado Puga |
Sentido del fallo | INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M) |
Recurso número | CV04-(Civil) Casación Fondo |
Fecha | 20 Agosto 2018 |
Número de expediente | 822-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Casación Fondo |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, veinte de agosto de dos mil dieciocho.
Al escrito folio N° 37.900-2018: estése a lo que se
resolverá.
Vistos y considerando:
Primero: Que en estos autos rol Nº 822-2018
caratulados “Silva con Jadue”, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento
Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en
el fondo interpuesto por la reclamante en contra de la
sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que
rechaza el reclamo de ilegalidad municipal.
Segundo: Que el recurso de casación en el fondo es un
arbitrio de carácter estricto cuyas exigencias se disponen
en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, que
debe entenderse en armonía con lo previsto en los artículos
764 y 767 del mismo Código. De acuerdo a dichos preceptos
se permite como único sustento de invalidación de la
sentencia censurada el quebrantamiento de una o más normas
legales contenidas en la decisión. Por ello es menester que
al interponer un recurso de esta naturaleza la recurrente
cumpla lo requerido por la disposición en análisis, esto
es, expresar en qué consisten él o los errores de derecho
de que adolece la resolución recurrida.
Tanto la jurisprudencia como la doctrina hacen
consistir esos yerros en aquellos que pudieron originarse
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