Causa Nº 8069-2018 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 09/08/2018 - Jurisprudencia - VLEX 744847049

Causa Nº 8069-2018 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 09/08/2018

JuezSergio Manuel Muñoz Gajardo,Jorge Eduardo Saez Martin,Juan Eduardo Fuentes Belmar,Álvaro Quintanilla P.,Maria Eugenia Sandoval Gouet
Sentido del falloINADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO(M)
Recurso númeroCV06-(Civil) Casación Forma y Fondo
Número de expediente8069-2018
Fecha09 Agosto 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Forma y Fondo
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
Santiago, nueve de agosto de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que en estos autos Rol 8069-2018, sobre
juicio sumario caratulado “Ministerio de Obras Públicas con
Ron Diaz María Fabiola”, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se
ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en la
forma y en el fondo, deducidos por la demandada en contra
de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, que
confirmó la sentencia de primera instancia que acoge la
denuncia formulada por la Dirección General de Aguas y
condena a la recurrente al pago de la suma de 5 U.T.M.
I. En cuanto al recurso de casación en la forma.
Segundo: Que en el recurso de nulidad formal deducido
se acusa que el fallo impugnado incurre en la causal de
nulidad prevista en el numeral 6 del artículo 768 del
Código de Procedimiento Civil, vicio que se configura
porque la sentencia recurrida desconoce el efecto de cosa
juzgada de la sentencia dictada en los autos rol 3417-
2014, en la que se acoge la solicitud de regularización de
derechos de aprovechamiento de aguas de carácter
consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, sobre aguas
subterráneas por 3,5 litros por segundo, extraídas desde un
pozo ubicado en el Álveo Rio San José, disponiendo la
inscripción a nombre de su representada, soslayando que la
extracción que se considera ilegal y por la que se condena
TXXNGJEWNS

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