Causa Nº 28475-2018 (Hecho) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 22/11/2018
Juez | Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Angela Francisca Vivanco Martinez,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Maria Cristina Gajardo Harboe,Alvaro Hernan Quintanilla Perez |
Sentido del fallo | INADMISIBLE RECURSO DE HECHO |
Recurso número | CV10-(Civil) Hecho |
Fecha | 22 Noviembre 2018 |
Número de expediente | 28475-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Hecho |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, veintidós de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha deducido recurso de hecho en contra
de la resolución dictada el nueve de noviembre de dos mil
dieciocho, por la Corte de Apelaciones de Rancagua en los
autos rol N° 2915-2017 sobre recurso de protección, en el
que se negó la concesión de la apelación interpuesta en
contra de la resolución de treinta de octubre del mismo
año, que hace lugar a la reposición de la recurrente, sólo
en cuanto precisa que esta última deberá acompañar a la
solicitud de renovación de patente, copia de la sentencia
dictada en estos autos, de la dictada por la Excelentísima
Corte Suprema y de la resolución de calificación ambiental
que posee para ejecutar el proyecto.
Segundo: Que del tenor de lo dispuesto en el numeral
6° del Auto Acordado de esta Corte sobre Tramitación del
Recurso de Protección, en este procedimiento sólo es
susceptible de ser impugnado por el recurso de apelación la
resolución que declara la inadmisibilidad del mismo y la
sentencia definitiva.
Tercero: Que de lo expresado resulta ineludible
concluir que la apelación de que se trata no ha sido
prevista y que por ello el recurso de hecho no puede ser
admitido a tramitación.
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