Causa Nº 26449-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 02/01/2019
Juez | Arturo Jose Prado Puga,Angela Francisca Vivanco Martinez,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Pedro Pierry Arrau,Sergio Muñoz G. |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 02 Enero 2019 |
Número de expediente | 26449-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
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Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
fundamentos séptimo a décimo sexto, que se eliminan.
Y se tiene, en su lugar y además, presente:
Primero: Que el Sindicato de Trabajadores de la Empresa
Agro Tantehue Ltda., la Federación de Sindicatos de
Trabajadores Unidos, el Sindicato de Empresa Swarovski
Ltda., la Federación Nacional de Sindicatos de Conductores
de Buses, Camiones, Actividades Afines y Conexas de Chile,
el Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa UNIMARC
Ltda., el Sindicato de Empresa de Trabajadores Nº1 Paris
Administradora Ltda., el Sindicato Nacional de
Mercaderistas de la Empresa UNILEVER Chile S.A., el
Sindicato Interempresa de Trabajadores Walmart Chile, el
Sindicato de Empresas Paris Administradora Norte Ltda,
establecimiento Valparaíso, y el Sindicato de Supervisores
de Minera los Pelambres, Antofagasta Minerals, dedujeron
recurso de protección en contra de la Dirección del
Trabajo, calificando como ilegal y arbitrario al Dictamen
ORD. Nº 3938/33, de 27/07/18, que estableció, en lo que es
atingente al recurso, que el acuerdo entre el empleador y
un grupo negociador constituye un instrumento colectivo y
debe ser registrado ante la Inspección del Trabajo, acto
que privaría a las recurrentes del legítimo ejercicio de su
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