Causa Nº 24561-2018 (Queja) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 31/12/2018 - Jurisprudencia - VLEX 755010617

Causa Nº 24561-2018 (Queja) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 31/12/2018

JuezArturo Jose Prado Puga,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Recurridos El
Sentido del falloACOGE RECURSO DE QUEJA
Recurso númeroCV12-(Civil) Queja
Número de expediente24561-2018
Fecha31 Diciembre 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoQueja
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
1
Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.
Primero: Que el Servicio de Impuestos Internos en
autos sobre reclamo de ilegalidad seguidos ante la Corte de
Apelaciones de Santiago, dedujo recurso de queja en contra
de los Ministros Sres. Juan Manuel Muñoz Pardo y Fernando
Carreño Ortega, por las faltas y abusos cometidos al
dictar, el 25 de septiembre de 2018, la sentencia que
rechazó el reclamo de ilegalidad que el quejoso ejerció en
contra de la decisión de amparo emitida por el Consejo para
la Transparencia el 26 de abril del corriente, en virtud de
la cual se dispuso la entrega al peticionario Mauricio
Ramírez Sepúlveda de “copia de los dictámenes emitidos, a
la fecha de la solicitud, referidos a consultas vinculantes
efectuadas en virtud del artículo 26 bis del Código
Tributario, de forma anonimizada, esto es, previa reserva
de la identidad o nombre del contribuyente u obligado al
pago de impuestos que hizo la consulta, así como, cualquier
otro dato que permita la identificación de dichos
consultantes”.
La solicitud de acceso a la información fue presentada
por el peticionario ante el Servicio de Impuestos Internos
el 22 de agosto de 2017, y su objeto consistió en la
entrega de “todos los dictámenes en relación a consultas
formuladas por los particulares al amparo del artículo 26
bis del Código Tributario”. Tal petición fue denegada por
el Servicio requerido, bajo pretexto de configurarse las
PPXSXLGXPX
2
causales de secreto o reserva de los numerales 1 y 5 del
Respecto de esta decisión el peticionario dedujo
recurso de amparo por denegación de información ante el
Consejo para la Transparencia, procedimiento que concluyó
mediante resolución de 26 de abril de 2018 que, como se
dijo, dispuso la entrega al peticionario de “copia de los
dictámenes emitidos, a la fecha de la solicitud, referidos
a consultas vinculantes efectuadas en virtud del artículo
26 bis del Código Tributario, de forma anonimizada, esto
es, previa reserva de la identidad o nombre del
contribuyente u obligado al pago de impuestos que hizo la
consulta, así como, cualquier otro dato que permita la
identificación de dichos consultantes”.
Impugnando aquella decisión, el Servicio de Impuestos
Internos dedujo reclamo de ilegalidad fundado en la no
aplicación de la causal de secreto o reserva del numeral 5
del artículo 21 de la Ley 20.285, sustentando su
configuración en tratarse de documentos, datos o
informaciones que una ley de quórum calificado ha declarado
reservados o secretos, de acuerdo a las causales señaladas
en el artículo de la Constitución Política, invocando
para ello el secreto tributario establecido en el artículo
35 del Código del ramo, norma cuya existencia es anterior a
la Ley de Transparencia y puede entenderse como una
manifestación de las garantías comprendidas en los
PPXSXLGXPX

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR