Causa Nº 19239-2017 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 02/01/2019 - Jurisprudencia - VLEX 755063413

Causa Nº 19239-2017 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 02/01/2019

JuezJorge Eduardo Saez Martin,Juan Fuentes B.,Maria Cristina Gajardo Harboe,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Inigo Andres De La Maza Gazmuri
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Recurso númeroCV06-(Civil) Casación Forma y Fondo
Fecha02 Enero 2019
Número de expediente19239-2017
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Forma y Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve.
Vistos:
En autos n mero de rol 1245-2012, caratulados Atkinson Glenú
Elmer con Daud Albasini Ale Said y Lee Jordan Joseph , seguidos ante el
Tercer Juzgado Civil de Antofagasta , por resoluci n de veintisiete de” ó
diciembre de dos mil diecis is, escrita a fojas 331, se desestimaron lasé
peticiones que el demandado se or Joseph Lee Jordan formul en el escritoñ ó
que rola a fojas 320 y siguientes, en particular, aquella destinada a que se
declare la nulidad procesal, y se dej sin efecto lo decidido a fojas 327, a suó
respecto; que fue confirmada, con declaraci n que todas las cuestiones a queó
ha dado lugar la presentaci n de la cuenta deber resolverse por la justiciaó á
arbitral, por resoluci n adoptada por una sala de la Corte de Apelacionesó
de dicha ciudad, con fecha diecis is de marzo de dos mil diecisiete, comoé
consta a fojas 363.
En contra de la ltima decisi n la parte demandante dedujo recursosú ó
de casaci n en la forma y en el fondo, porque, en su concepto, incurri enó ó
las causales formales y sustantivas que indica, y solicita se dicte la sentencia
de reemplazo que describe, seg n se haga lugar a cualquiera de los dosú
recursos.
Se trajeron los autos en relaci n.ó
Considerando:
1 Que, previo a determinar si la sentencia impugnada incurri en los° ó
vicios formales y sustantivos que se denuncian en los recursos, es pertinente
precisar qu peticiones se plantearon una vez que qued ejecutoriadaé ó
aquella que declar que los demandados est n obligados a rendir la cuenta,ó á
y a qu procedimiento fueron sometidas, tambi n la normativa aplicable aé é
las mismas; pues, si se advierte que se la infringi , corresponde que estaó
Corte haga uso de la facultad que la autoriza obrar de oficio, consagrada en
el art culo 775 del C digo de Procedimiento Civil, lo que hace inoficioso uní ó
pronunciamiento a su respecto;
2 Que, en lo concerniente a lo primero, del examen de las piezas°
pertinentes de la causa, se aprecia, lo siguiente:
FTXJXLWXMX

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR