Causa Nº 13010-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 18/10/2018
Juez | Carlos Ramon Aranguiz Zuñiga,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Carlos Aránguiz Z.,Álvaro Quintanilla P.,Sergio Manuel Muñoz Gajardo |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 18 Octubre 2018 |
Número de expediente | 13010-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Santiago, dieciocho de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y se tiene además presente:
Primero: Que conforme lo argumentado por la actora en
su apelación, corresponde dilucidar en la presente causa
si las personas jurídicas son o no titulares de datos
personales cautelados por la Ley N° 19.628, o si, por el
contrario, tal protección está referida sólo a las personas
naturales.
Segundo: Que como ya lo ha expresado reiterada y
uniformemente esta Corte con anterioridad en los autos
Roles N°s 6.337-2014, 11.627-2014, 565-2015, 27.163-2015 y
68.681-2016, corresponde precisar que con arreglo a lo
dispuesto por el artículo 2° de la citada ley, letra f), se
entenderá por datos de carácter personal “los relativos a
cualquier información concerniente a personas naturales,
identificadas o identificables”.
Luego, en su letra g) el texto añade que datos
sensibles son aquellos que “se refieren a las
características físicas o morales de las personas o a
hechos o circunstancias de su vida privada o intimidad,
tales como los hábitos personales, el origen racial, las
ideologías y opiniones políticas, las creencias o
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