Causa Nº 11988-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 04/12/2018 - Jurisprudencia - VLEX 748336373

Causa Nº 11988-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 04/12/2018

JuezMaría Cristina Gajardo H.,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Diego Munita L.
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Fecha04 Diciembre 2018
Número de expediente11988-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que, de conformidad con el artículo 782 del Código de
Procedimiento Civil, se ha dispuesto dar cuenta del recurso de casación en el
fondo deducido por el demandado principal y demandante reconvencional contra
la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer
grado que acogió la demanda principal, declarando el término del contrato de
arrendamiento, condenándolo al pago de las rentas adeudadas, más las que se
devenguen hasta la restitución del inmueble, además de disponer el alzamiento de
la inscripción de arriendo en el registro conservatorio respectivo; y que rechazó la
reconvencional de indemnización de perjuicios.
Segundo: Que se denuncian infringidos los artículos 2 N°4 de la Ley
18.101, 159 y 170 N°6 del Código de Procedimiento Civil y 1924 del Código Civil,
porque se estableció que el inmueble fue arrendado para servir de hospedería, lo
que obsta a que la demanda fuera tramitada conforme al procedimiento especial
previsto en la Ley N°18.101, pues, de acuerdo a su artículo 2 N°4, los conflictos
derivados de las relaciones contractuales de hoteles y residenciales no se rigen
por ella, sino por la Ley N°19.946, que establece normas sobre protección de los
derechos de los consumidores; porque se decretó una medida para mejor resolver
incompleta, puesto que se ordenó acompañar el contrato de arrendamiento en
forma íntegra, pero no se concedió el término probatorio especial que solicitó para
acreditar la existencia de subarrendatarios, provocando su indefensión; porque se
rechazó la demanda reconvencional, pese a que acreditó que la arrendadora
incumplió su obligación de liberarlo de toda turbación o embarazo en el goce de la
cosa, dado que sufrió de molestias causadas por terceros, dejando sin reparar los
daños originados en la venta del derecho de llaves, que no pudo concretar como
consecuencia de la interposición de la presente demanda, y en las mejoras que
introdujo en el bien raíz y que elevaron su valor; y porque se ordenó el alzamiento
de la inscripción del arrendamiento, lo que no fue pedido por la demandante, de
manera que la decisión se extendió a puntos que no formaron parte de la
discusión. Solicita se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo
que acoja los recursos de apelación y casación que interpuso en contra de la de
primera instancia.
Tercero: Que en la sentencia impugnada se tuvieron por acreditados los
siguientes hechos:
QKFXXBHNLH

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