Decisión nº C554-14, de Consejo de Transparencia de 30 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598190

Decisión nº C554-14, de Consejo de Transparencia de 30 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Rendición de Cuentas
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaCultura y Artes

DECISIÓN AMPARO ROL C554-14

Entidad pública: Municipalidad de Antofagasta

Requirente: Carlos Santana Flores

Ingreso Consejo: 20.03.2014.

En sesión ordinaria N° 526 de su Consejo Directivo, celebrada el 30 de mayo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C554-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1- 19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y 20/2009 ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, indistintamente, el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 19 de febrero de 2014, don Carlos Santana Flores solicitó a la Municipalidad de Antofagasta, la "rendición de gastos efectuados para la realización y organización del Festival de Antofagasta en su versión 2013 y 2014. Todos los gastos con y sin facturas. También se solicita informar los gastos efectuados con los aportes privados con el detalle de sus gastos."

2) Que, mediante Oficio N° 30 de 5 de marzo de 2014, la Municipalidad de Antofagasta y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, derivó la solicitud de acceso a la Corporación Cultural de Antofagasta.

3) Que, el 20 de marzo de 2014, don Carlos Santana Flores dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado municipio, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

4) Que en sus descargos, evacuados a través escrito ingresado el 21 de abril de 2014, el órgano reclamado, en lo pertinente, remitió...

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