Capitulo I: De los juzgados de letras del trabajo y de los juzgados de cobranza laboral y previsional (Arts. 415º al 424º) - Núm. 26, Agosto 2015 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703214293

Capitulo I: De los juzgados de letras del trabajo y de los juzgados de cobranza laboral y previsional (Arts. 415º al 424º)

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LIBRO V
TÍTULO I
DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y
PREVISIONAL Y DEL PROCEDIMIENTO
Capítulo I
DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE LOS JUZGADOS DE
COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL
ARTÍCULO 415°. Existirá un Juzgado de Letras del Trabajo, con asiento en cada una de las
siguientes comunas del territorio de la República, con el número de jueces y con la competencia
que en cada caso se indica:
a) Primera Región de Tarapacá:
Iquique, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Iquique y Alto Hospicio;
b) Segunda Región de Antofagasta:
Antofagasta, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Antofagasta, Mejillones
y Sierra Gorda; Calama, con dos jueces, con competencia en las comunas de la provincia
de El Loa;
c) Tercera Región, de Atacama:
Copiapó, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla;
d) Cuarta Región, de Coquimbo:
La Serena, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Coquimbo, La Serena y
La Higuera;
e) Quinta Región, de Valparaíso:
Valparaíso, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valparaíso, Juan
Fernández, Viña del Mar y Concón; San Felipe, con dos jueces, con competencia en las
comunas de San Felipe, Catemu, Santa María, Panquehue y Llay Llay;
f) Sexta Región, del Libertador General Bernardo O'Higgins:
Rancagua, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Rancagua, Graneros,
Mostazal, Codegua, Machalí, Coltauco, Doñihue, Coínco y Olivar;
g) Séptima Región, del Maule:
Curicó, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Curicó, Teno, Romeral y
Rauco, y Talca, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Talca, Pelarco, Río
Claro, San Clemente, Maule, Pencahue y San Rafael;
h) Octava Región, del Bío-Bío:
Chillán, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Chillán, Pinto, Coihueco
y Chillán Viejo, y Concepción, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de
Concepción, Penco, Hualqui, San Pedro de la Paz, Chiguayante, Talcahuano y Hualpén,
CÓDIGO DEL TRABAJO TOMO III ARTÍCULOS 413 - 414 - 415

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