Capítulo 13
| Páginas | 405-436 |
| Autor | Patricia Alejandra Cozzo Villafañe |
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AlgunAs cuestiones geopolíticAs y constitucionAles con impActo en lAs políticAs
criminAles. mirAdAs disimiles y diversAs desde lA dogmáticA jurídicA.
CAPíTuLO 13
ACONTECImIENTOS gEOPOLITIC OS CON ImPACTO EN LA
POLITICA CRImINAL.
xIII.- DIfERENTES ACONTECI mIENTOS gEOPOLITICOS CON ImPACTO EN LAS P OLITICAS
PúBLICAS CRImINALES. TANTO A NIvE L gLOBAL, REgIONAL Y NACIONAL .
EL ESTADO Y LAS mEDIDAS DE ACCION PO SITIvA.
LOS SuCESOS BELICOS CON IDENTIC O ALCANCE.
I.- mEDIDAS ADOPTADAS POR LOS ESTA DOS Y LA SuSCRIPCIóN DE TRATADO S
CONTRA LA CORRuPCIóN DE SERvID ORES PúBLICOS. ImPACTO EN EL DER ECHO
TRIBuTARIO-CIvIL Y COmERCIAL-L ABORAL-COmuNICACIONAL.
ANTECEDENTES gEOPOLíTICOS CON ImPACTO EN LAS POLíTICAS CRImINALES
13.1.-SEguNDA mITAD DEL SIgLO xx
ANTECEDENTES gEOPOLíTICOS.
También existió una activa reacción de grupos terroristas en el con-
texto mundial como el IRA, la ETA en Europa y también en Latinoa-
mérica existieron grupos de guerrilleros como por ejemplo en Nica-
ragua, también en Colombia con las FARC. Estos grupos sostenían
ideas contra la “propiedad privada” lo que provocó la reacción de los
grandes terratenientes decididos a defender su derecho a la propie-
dad privada garantizada en la letra de las Constituciones liberales.
Estos genero aún más violencia ya que surgieron las llamadas autode-
fensas o paramilitarismo.
Estos contextos fueron útiles para los grupos de delincuencia orga-
nizada que aprovecharon las permeables instituciones estatales que a
raíz de todos estos se encontraban debilitadas. A partir de allí logra-
ron ingresar a través de la llamada cartelización de las instituciones
como si fuera el Leviatán al punto tal que lograron ingresar en la le-
gislatura y en otros poderes del estado. Como fuera en Narcotráco
En este contexto fue que en el año 1989 se cae el muro de Berlín lo
que da n a los dos poderes que se enfrentaron durante la llamada
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Patricia alejandra cozzo Vi llafañe
“guerra fría” y se produce la disolución de la que fuera la URSS ya
que surgió una gran fuerza centrípeta de fragmentación, mientras que
en otros lugares surgieron fuerzas centrifugas de integración lo que
provocó que surgieran nuevos Estados y que se modicara en mapa
de Europa del Este y eventualmente de la Unión Europea.
Es allí cuando se coloca Estados Unidos al frente de los Ejércitos del
Mundo y como país de primera línea dentro de la OTAM.
13.2.- ACONTECImIENTOS DEL PRESENTE SIgLO
El 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos de Norteamérica
se produjeron ataques terroristas los primeros dos ataques fue cuando
dos aviones de pasajeros fueran secuestrados por Al-Qaeda y se estre-
llaron contra las conocidas torres gemelas en New York que fueran
destruidas. El segundo ataque fue en Virginia y se dirigió contra el
Pentágono cuando un avión se estrelló contra el mismo.
Como consecuencia de estos acontecimientos se dictaron leyes entre
ellos una resolución que autorizaba al Presidente al uso de la fuerza
para combatir el terrorismo. George Bush quien podía dictar órdenes
militares.
Estas normas restringieron muchas libertades por razones de segu-
ridad nacional y a partir de allí tenía mayor atribución los órganos del
Departamento de Justicia.
El presidente declara la emergencia nacional.
En base a estas leyes se dispuso que los tribunales carecen de ju-
risdicción para intervenir en los habeas corpus dictados a favor de
extranjeros que se encontraban detenidos en las bases militares. O sea
que se imponía la ley marcial, lo que implica la aplicación de las leyes
militares a los civiles.
Esta medida se aplicó con antelación en situaciones críticas como la
guerra de la independencia, en la guerra civil, guerra de secesión y la
segunda guerra mundial.
Si bien se extendió a la población sin tener en cuenta las disposicio-
nes que surgen de la Convención de Ginebra.
Se formó una comisión para investigar el atentado formado por
miembros de los partidos mayoritarios. Se buscó información en po-
der de las agencias y se buscaba determinar la responsabilidad del
gobierno federal en el mismo. Por lo tanto ningún empleado del go-
bierno nacional podía ser parte de la comisión investigadora.
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AlgunAs cuestiones geopolíticAs y constitucionAles con impActo en lAs políticAs
criminAles. mirAdAs disimiles y diversAs desde lA dogmáticA jurídicA.
De este análisis se puede inferir que a partir de este acontecimiento
terrorista impactó en las políticas públicas de los Estados Unidos pro-
duciendo un giro en su política criminal.1
Si analizamos estas cuestiones en lo que a la globalidad se reere
podemos decir que a partir de allí se modicación las políticas pú-
blicas a nivel criminal en todos los estados del globo por medio de
los tratados internacionales que se suscribieron ya sea contra la co-
rrupción, a favor de la transparencia, a favor de las buenas prácticas
corporativas los mismos suscribieron y las medidas de acción positiva
que se dictaron en consecuencia, impactando de diferente manera en
cada uno de los estados que componen la ONU, toda vez que cada
uno de ellos tiene sus particularidades de acuerdo a su cultura e his-
toria, geografíaecosistemas de las diferentes regiones.
13.3.- NuEvAS POLITICAS CRImINALES
Habida cuenta y teniendo en cuenta el acápite que precede se pue-
de arribar a la conclusión que existen nuevas políticas criminales que
amplían el poder punitivo al punto tal que penalizan los actos prepa-
ratorios. Este poder se ve ampliado al punto tal que nos encontramos
frente a nuevos tipos criminales creándose nuevos delitos y por otro
lado surge un aumento respecto de los delitos ya existentes.
Estos son los llamados delitos de peligro abstracto. Entre ellos y
uno de los más importantes son aquellos que se reeren al “lavado de
activos” y el delito de “encubrimiento”
Esto pone en crisis las garantías constitucionales que siempre ope-
raron como un límite tanto en lo que hace al derecho material o sus-
tantivo y también en lo que es el Derecho procesal.
Estas nuevas políticas trae como consecuencia que se apliquen pe-
nas muy altas sin ponderar cual es el daño real se produce solo por la
puesta en peligro del bien jurídicamente protegido.
Por medio de estas nuevas políticas se arma en forma vaga e im-
precisa que existe una puesta en peligro de la sociedad en su conjunto
y a partir de esa visión se lesionan garantías que surgen del principio
de legalidad al punto tal que en algunos medios se habla acerca de la
exibilidad del mismo.2
Es más me atrevería a hablar acerca de la exibilidad del principio
de reserva si el mismo es analizado a la luz del derecho internacional
1 https//www.researchgate net/publication /2822174. PEREZ SALAZAR Bernardo “Uni-
versidad Católica de Colombia”.
2 JIMENEZ DE ASUA Luis “Principios del Derecho Penal, la ley y el delito” Abeledo Pe-
rrot. Editorial Sudamericana. Impreso en Argentina Pag.425.
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