Decreto 446 - CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A 'CORPORACIÓN DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRÁNSITO', DE SANTIAGO - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 450149070

Decreto 446 - CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A 'CORPORACIÓN DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRÁNSITO', DE SANTIAGO

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor20 de Julio de 2013

CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "CORPORACIÓN DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRÁNSITO", DE SANTIAGO

Santiago, 24 de junio de 2013.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 446.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; la disposición cuarta transitoria de la Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto Nº 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 30 de octubre de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

Considerando:

  1. - Que, a la entidad denominada "Corporación de Seguridad y Prevención de Accidentes del Tránsito", que puede usar la sigla Copresat, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto Nº 378, de 11 de abril de 2000, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorgaba el artículo 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, y sus modificaciones, dispuso de oficio un procedimiento de fiscalización a dicha entidad, a objeto de investigar su funcionamiento y el cumplimiento de sus estatutos sociales.

  3. - Que, entre otros antecedentes, consta en el expediente de la fiscalización, por una parte, una presentación de 23 de agosto de 2011, en la cual el Presidente de la entidad, don José Eduardo Baeza Araya, que dice: "... esta Corporación no ha tenido ningún tipo de funcionamiento desde el día 27 de diciembre de 2010, considerándola actualmente en receso permanente." (sic); y por otra, el informe sobre la marcha general de la misma entidad, el cual consta en el oficio Res. Nº 360, de 23 de noviembre de 2011, de la Brigada de Investigación Criminal Quinta Normal-Cerro Navia de la Policía de Investigaciones de Chile, que señala: a) Durante el año 2011 no se realizaron actividades, ni se obtuvo financiamiento de parte de socios; b) No cuentan con ingresos por la edición de la revista; c) No tienen oficina por carencia...

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